BOLETIN OFICIAL Nº 60 – 29/05/2024
EXPTE. Nº 1090-1133/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 MAYO 2024.-
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular Institucional de la carrera “Tecnicatura Superior en Niñez, Adolescencia y Familia” del Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N°3800937-00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, la implementación del Diseño Curricular Institucional de la carrera “Técnico/a Superior en Niñez, Adolescencia y Familia”, por la cohorte 2024, conforme al Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1º del presente Acto Resolutivo.-
ARTÍCULO 3º.- Dispónese que la Dirección de Títulos aplique para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Niñez, Adolescencia y Familia”, por la cohorte 2024 – inicio Marzo, de la carrera “Tecnicatura Superior en Niñez, Adolescencia y Familia” del Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”, la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forman parte del Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1º del presente Acto Resolutivo;
ARTÍCULO 4º.- Establécese que el Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-
ARTÍCULO 5º.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del Ciclo Lectivo 2025, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-
ARTÍCULO 6º.- Procédase por Coordinación de Despacho a notificar de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-
ARTÍCULO 7º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaria de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos y Comisión de Estudio de Títulos. Cumplido, archívese.-
- Sc. Ing Miriam Serrano
Ministra de Educación