BOLETIN OFICIAL Nº 53 – 13/05/2024

RESOLUCION Nº 000037-G/2024.-

EXPTE. Nº 0400-5685/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 ABR. 2024.-

EL MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- DELEGAR en el Secreatio de Trabajo y Empleo de la Provincia las

facultades  para intervenir en las cuestiones vinculadas con las relaciones laborales, aplica do y haciendo aplicar las normas dictadas al efecto, proveyendo al efectivo cumplimento de la misión de policía del trabajo, manteniendo permanentes relaciones con las organizaciones gremiales de trabajadores de la actividad privada y también de la pública, intervenir en la conciliación y arbitraje en las situaciones de conflicto dentro de las relaciones laborales individuales y colectivas, fiscalizar el cumplimiento de la legalización vinculada con Riesgos de Trabajo e Higiene y Seguridad en los lugares de trabajo, dictando las medidas tendientes a asegurar los derechos referidos a la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores, pudiendo aplicar multas en caso de inobservancia de la normativa vigente, otorgar prorrogas, firmar convenios y/o planes de pagos, quita o reducción, elaborar y proponer políticas, planes, proyectos y programas de generación de empleo en la Provincia con el objeto de elevar las posibilidades de ingreso al mercado formal de trabajo o autoempleo ya sea a través de PYMES o de cooperativas o mutuales como organizaciones empresariales democráticas autónomas e independientes, participar en el diseño y modernización del personal de la Administración Pública, refrendar contratos de servicios, de obra e incluso de prácticas profesionalizantes y atender la totalidad de la conflictividad laboral y social, teniendo facultades para solicitar la colaboración y/o asesoramiento de toda índole, que coadyuven al desarrollo de las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Provincial y sus empleados, como así también procurar condiciones dignas de trabajo, tanto a través de la sensibilización, capacitación y difusión, como así también mediante la intervención directa proporcionando los medios necesarios para a resolución de las problemáticas que afecten a los trabajadores en las distintas materias que competen a la Jurisdicción, prevenir y erradicar el trabajo infantil, proteger el trabajo adolescente y fortalecer la concertación y el diálogo social sobre la igualdad de oportunidades y trato de varones, mujeres, personas con discapacidad. Ratificar todos actos los inherentes al ejercicio del cargo, a partir del 12 de Diciembre de 2023.

ARTICULO 2°.- Establecer que la presente Resolución no altera las competencias propias del Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo atribuidas por las normas que reglamentan el ejercicio de sus funciones.

ARTICULO 3°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Cumplido; vuelva al Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo.

 

Dr. Normado Álvarez García

Ministro de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo