BOLETIN OFICIAL Nº 52 – 10/05/2024

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1670-DPR/2024.-

San Salvador de Jujuy, 9 de mayo de 2024.-

VISTO:  

La Resolución General Nº 1661/2024 de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y;

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy, implementó un Régimen de Pago a cuenta que se encuentra vigente en la provincia desde el año 2017 mediante sucesivas normativas (Resoluciones Generales Nº 1476 y sus modificatorias Nº 1481, Nº 1532, Nº 1591, Nº 1628 y Nº 1661);

Que, con el objeto de aclarar términos y simplificar la operatoria del régimen, resulta necesario realizar modificaciones a la Resolución General Nº 1661.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Código Fiscal (t.o. 2022);

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- EMITIR la presente resolución, complementaria y modificatoria de la Resolución General Nº 1661 conforme se indica a continuación.

ARTÍCULO 2º.-MODIFICAR los artículos 4º, 7º, 11º, 14º, 15º y 18º de la Resolución General Nº 1661, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

Artículo 4º: Rubros comprendidos. Los rubros comprendidos en el presente régimen de pago a cuenta serán los especificados en el Anexo I cuyos productos, subproductos e insumos se encuentran detallados en el Anexo II de la presente Resolución.”

“Artículo 7º: Base de cálculo. La base de cálculo del pago a cuenta se determinará en función del valor de la mercadería consignado en la factura o documento equivalente, el que no podrá   ser inferior al valor de referencia fijado en el Anexo II de la presente resolución.”

Artículo 11º: Documentación a presentar en el Puesto de Control. Acreditación. Los sujetos que transporten los productos y/o mercaderías sujetas a pago a cuenta, deberán presentar ante los funcionarios del puesto de control de rutas de la Dirección, la documentación que se detalla a continuación, la que será intervenida por el funcionario de este organismo:

  1. Factura, remito, carta de porte, factura de crédito en caso de corresponder, u otra documentación que corresponda conforme al régimen de emisión de comprobantes, registración de operaciones e información establecido por la AFIP-DGI mediante la resolución general 1415/2003, sus complementarias, modificatorias o sustitutivas.
  2. Formulario F-207-Declaración Jurada de Pago a Cuenta por Traslado de Mercaderías.
  3. Comprobante de pago respectivo, de acuerdo al medio de pago utilizado.
  4. Documentación respaldatoria que acredite alguna de las excepciones al régimen, previstas en el artículo 15º, en caso de corresponder.”

 

Artículo 14º: Saldo a favor. Exclusión. Constancia. Los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que registren saldos a favor en el impuesto, podrán solicitar su exclusión temporal al régimen de pago a cuenta, para ello deberán presentar la solicitud de exclusión a través del sitio web de la Dirección, mediante acceso con clave fiscal, en el Servicio Solicitudes y Reclamos/ Exclusión Pago a cuenta por Traslado de mercaderías/Solicitud de Exclusión por saldo a favor, la que contendrá la siguiente información:

  1. Apellido y Nombre o Razón Social;
  2. Número de C.U.I.T.;
  3. Domicilio fiscal;
  4. Actividades que desarrolla;
  5. Email y teléfono de contacto.
  6. Detalle de ventas totales mensuales efectuadas en la provincia de Jujuy y en el país, durante los últimos seis (6) meses anteriores a la presentación.

 

En el caso de que la presentación se encuentre incompleta, o bien sea necesario para la tramitación de la solicitud información y/o documentación adicional, la Dirección lo requerirá, bajo apercibimiento de archivo.

De corresponder, esta autoridad de aplicación procederá a emitir la Constancia de Exclusión-Formulario F-244, que forma parte de la presente, y servirá para constancia del interesado, cuya vigencia será la determinada según la situación fiscal del contribuyente.

Dicha constancia, deberá ser obtenida desde “Servicios con clave fiscal” en el servicio Solicitudes y Reclamos /Exclusión Pago a cuenta por Traslado de mercaderías /Constancia de Exclusión F-244.

 “Artículo 15º: Excepciones. Los contribuyentes y/o sujetos que se encuadren en algunas de las situaciones abajo descriptas, quedan exceptuados del presente régimen, debiendo acreditar tal condición con la presentación de la documentación respaldatoria correspondiente.

  1. Contribuyentes con constancia o resolución de exención en el impuesto sobre los ingresos brutos vigente.
  2. Contribuyentes con certificado de no retención/no percepción vigente.
  3. Contribuyentes con constancia de exclusión de pago a cuenta vigente.
  4. Mercaderías y/o bienes con destino de exportación.
  5. Cuando el remitente, o excepcionalmente el destinatario, demuestre haber sufrido retenciones y/o percepciones en forma previa, siempre y cuando de la factura o documento equivalente, se exteriorice inequívocamente que la retención y/o percepción corresponden a la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy.

 

“Artículo 18º: Anexos. Aprobar el Anexo I “Rubros sujetos al pago a cuenta cuyos productos, subproductos e insumos se encuentran detallados en el Anexo II”; Anexo II “Valores de Referencia de los productos, subproductos e insumos sujetos al Pago a cuenta”; Formulario F-207 –“Declaración Jurada de Pago a Cuenta por Traslado de Mercaderías” y el Formulario F-244 “Constancia de Exclusión. Régimen de pago a cuenta por Traslado de Mercaderías”, que forman parte integrante de la presente.”

ARTÍCULO 3º: VIGENCIA. La presente disposición entrará en vigencia a partir del 3 de junio de 2024.

ARTÍCULO 4º: COMUNICAR al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Secretaría de Ingresos Públicos. Publíquese en el Boletín Oficial. Tomen razón Subdirección, Departamentos, Divisiones, Secciones, Receptorías. Dese amplia difusión. Cumplido, archívese.

 

Figueroa Marcela Beatriz

Directora

 

 

ANEXO I

“Rubros sujetos al pago a cuenta cuyos productos, subproductos e insumos se encuentran detallados en el Anexo II”

 

  1. Ganado en pie.
  2. Carne faenada y subproductos.
  3. Pescados y frutos de mar.
  4. Frutas y verduras.
  5. Productos Alimenticios.
  6. Materiales de la construcción.
  7. Alimentos preparados para animales.

 

ANEXO II

“Valores de Referencia de los productos, subproductos e insumos sujetos al Pago a cuenta “

 

RUBROS PRODUCTOS UNIDAD VALORES DE REFERENCIA
1.GANADO EN PIE GANADO VACUNO EN PIE    
Novillito Cabeza $ 326.988
Vacas y otras Cabeza $ 295.630
GANADO PORCINO EN PIE    $                          –
Capones y otros Cabeza $ 41.168
2. CARNE FAENADA Y SUBPRODUCTOS CARNE VACUNA Y SUBPRODUCTOS    $                          –
Media Res Kilogramo $ 2.370
Cortes especiales Kilogramo $ 3.016
Cortes comunes Kilogramo $ 2.693
Asado Kilogramo $ 2.908
Menudencias/Achuras Kilogramo $ 1.400
Embutidos Kilogramo $ 1.831
CARNE PORCINA Y SUBPRODUCTOS    $                          –
Media Res Kilogramo $ 1.939
Cortes especiales Kilogramo $ 2.154
Cortes comunes Kilogramo $ 2.047
Asado Kilogramo $ 2.047
Menudencias/Achuras Kilogramo $ 1.077
Embutidos/chacinados Kilogramo $ 1.939
CARNE DE AVES    $                          –
Pollo y/o Gallina Kilogramo $ 1.185
Pavitos/as Kilogramo $ 2.020
CARNE OVINA, CAPRINA Y DE LLAMA    $                          –
Media Res de Cordero Kilogramo $ 2.020
Media Res de Cabrito Kilogramo $ 2.020
Media Res de Llama Kilogramo $ 2.020
Cortes especiales de Llama Kilogramo $ 2.356
Cortes comunes de Llama Kilogramo $ 2.087
3. PESCADOS Y FRUTOS DE MAR CARNE DE PESCADO    
Filet de Merluza Kilogramo $ 1.939
Dorado Kilogramo $ 2.370
Sábalo Kilogramo $ 1.400
Pejerrey Kilogramo $ 2.370
Surubí Kilogramo $ 2.801
Paty Kilogramo $ 2.801
Pacú Kilogramo $ 2.801
Boga Kilogramo $ 2.370
Pescados varios de mar Kilogramo $ 3.878
Pescados varios de rio Kilogramo $ 3.016
4. FRUTAS Y VERDURAS  FRUTAS Y VERDURAS    
Acelga Atado $ 499
Achicoria Atado $ 260
Ají Kilogramo $ 824
Ajo a granel Kilogramo $ 434
Ajo limpio Kilogramo $ 650
Ajo en tira Tira $ 4.336
Albahaca Atado $ 434
Alcaucil Unidad $ 260
Ananá Unidad $ 710
Angolita/Calabacín Cajón o jaula $ 4.119
Apio Atado $ 542
Apio Bolsa de Atado (5 a 8 plantas) $ 5.420
Arándano Kilogramo $ 986
Arveja Kilogramo $ 867
Banana Cajón o jaula $ 4.258
Batata Bolsa entre 40 y 50 kg. $ 8.021
Batata Kilogramo $ 542
Berenjena Cajón o jaula $ 4.227
Berro Atado $ 434
Brócoli Atado $ 434
Cebolla Bolsa $ 3.685
Cebollín Bolsa de Atado $ 6.720
Cebollín Atado $ 650
Cereza Kilogramo $ 1.104
Chaucha Kilogramo $ 759
Choclo Cajón o jaula o Bolsa $ 3.902
Choclo Unidad $ 130
Ciruela Cajón o jaula $ 5.992
Coliflor Unidad $ 542
Coreanito Bolsa $ 2.927
Damasco Cajón o jaula ( por 6kg.) $ 5.677
Durazno Cajón o jaula (8 a 12 kg.) $ 3.942
Durazno Cajón o jaula (16 a 22 kg.) $ 6.150
Espárrago Atado $ 434
Espinaca Atado $ 607
Frutilla Kilogramo $ 867
Haba Kilogramo $ 477
Higo Cajón o jaula $ 2.996
Hinojo Unidad $ 282
Jengibre Kilogramo $ 5.420
Kiwi Kilogramo $ 1.419
Lechuga Cajón o jaula o Bolsa $ 5.203
Lima Cajón o jaula $ 2.444
Limón Cajón o jaula $ 4.337
Limón a granel Kilogramo $ 237
Mandarina Cajón o jaula $ 2.839
Mandioca Kilogramo $ 260
Mango Cajón o jaula $ 3.390
Maní Kilogramo $ 852
Manzana colorada Cajón, jaula o caja $ 5.440
Manzana verde Cajón, jaula o caja $ 5.835
Melón Por caja ( 15 kg.) $ 7.392
Melón Unidad $ 599
Nabo Atado $ 325
Naranja Cajón, jaula o Bolsa $ 2.839
Naranja Kilogramo $ 189
Palta Cajón o jaula (20 kg.o más) $ 5.440
Palta Cajón o jaula (8 a 12 kg.) $ 3.864
Papa Bolsa entre 20 y 35 kg. $ 3.035
Papaya Caja (10 kg.) $ 3.942
Papaya Unidad $ 221
Pelón Cajón o jaula $ 6.702
Pepino Cajón o jaula $ 3.360
Pera Cajón, jaula o caja $ 4.889
Perejil Bolsa de atados $ 6.720
Perejil Atado $ 542
Pimiento colorado Cajón o jaula (18 a 22 kg.) $ 7.804
Pimiento colorado Cajón o jaula (8 a 12 kg.) $ 4.336
Pimiento verde Cajón o jaula $ 4.552
Pomelo Cajón o jaula o bolsa $ 2.681
Puerro Cajón o jaula o bolsa $ 5.203
Puerro Atado (unidad) $ 542
Rabanito Atado (unidad) $ 260
Remolacha Bolsa de atados $ 6.720
Remolacha Atado (unidad) $ 542
Repollo Unidad $ 325
Rúcula Atado $ 260
Sandia kilogramo $ 197
Sandia Unidad $ 1.183
Tomates peritas Cajón o jaula $ 6.720
Tomates redondos Cajón o jaula $ 6.937
Tomates cherry Cajón $ 8.455
Uva Cajón o jaula $ 5.440
Zanahoria Bolsa entre 8 y 10 kg. $ 2.493
Zanahoria Bolsa entre 30 y 40 kg. $ 5.853
Zapallito Cajón o jaula $ 2.493
Zapallo Kilogramo $ 173
5. BEBIDAS Cerveza Envase entre 475 y 550 centímetros cúbicos $ 741
Cerveza Envase entre710 centímetros cúbicos o mas $ 1.340
Cerveza Botella entre 900 a 1000 centímetros cúbicos $ 1.568
Cerveza Botella de 1200 centímetros cúbicos o mas $ 1.796
Gaseosas: no alcanza líneas Coca Cola y Pepsi  Cola. (1) Envase 3 litros $ 535
Gaseosas: no alcanza líneas Coca Cola y Pepsi  Cola. (1) Envase 2 y 2,5 litros $ 499
Gaseosa: no alcanza líneas Coca Cola y Pepsi  Cola. (1) Envase 500 centímetros cúbicos $ 124
Vino Botella entre  750 y 1000 centímetros cúbicos $ 695
Vino Tetrabrik de 1000 centímetros cúbicos $ 712
Vino Botella entre 1100 a 1250 centímetros cúbicos $ 1.033
6. PRODUCTOS ALIMENTICIOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS    
Arroz Paquete por kilogramo $ 798
Arroz Bolsa entre 27 y 32 kg. $ 15.676
Arroz Bolsa entre 43 y 50 kg. $ 26.222
Aceite Bidón de 3 litros $ 3.078
Aceite Bidón entre 4 y 4,5 litros $ 3.420
Aceite Bidón de 5 litros $ 5.301
Aceite Botella entre 900  y 1000 centímetros cúbicos $ 941
Aceite Botella de 1500 centímetros cúbicos $ 1.112
Aceite Botella de 500 centímetros cúbicos $ 428
Aceite Botella de 750 centímetros cúbicos $ 770
Fideos Paquete de 500 gramos $ 713
Fideos Paquete de 1 kg. $ 1.140
Fideos Bolsa de 5 kg. $ 6.270
Harina Bolsa de 1 kg. $ 265
Harina Bolsa de 5 kg. $ 1.444
Harina Bolsa de 25 kg. $ 6.620
Harina Bolsa de 50 kg. $ 13.722
Huevo grande Cajón $ 19.653
Huevo mediano Cajón $ 19.183
7. MATERIALES DE LA CONSTRUCCION MATERIALES DE CONSTRUCCION    
Barra de hierro torsionado  16 milímetros $ 14.327
Barra de hierro torsionado  12 milímetros $ 8.362
Barra de hierro torsionado  10 milímetros $ 5.823
Barra de hierro torsionado  8   milímetros $ 3.730
Barra de hierro torsionado  6   milímetros $ 2.201
Ladrillones Ladrillo hueco del 8x18x30 $ 162
Ladrillones Ladrillo hueco del 12x18x30 $ 214
Ladrillones Ladrillo hueco del 18x18x30 $ 283
8. ALIMENTOS PREPARADOS PARA ANIMALES ALIMENTOS  PARA MASCOTAS    
Alimento para perros y gatos Kilogramo $ 566

 

Nota (1): Coca Cola, Fanta, Sprite, Crush, Pepsi, Seven Up, Mirinda y Paso de los Toros.

 

 

F-207 – Declaración Jurada de Pago a cuenta por Traslado de Mercaderías

 

 

 

 

 

F-244 – Constancia de Exclusión. Régimen de Pago a cuenta por Traslado de Mercaderías