BOLETIN OFICIAL Nº 51 – 08/05/2024
EXPTE. Nº 1090-1845/23.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DIC. 2023.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Autorizase la implementación del Diseño Curricular Institucional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CON ORIENTACIÓN EN PYME” al Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio IN.TE.LA”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800042-00, conforme al Diseño Curricular Institucional aprobado por Resolución N° 3969-E/23 y su modificatoria Resolución N° 583-E-23, por la cohorte 2024 – inicio Marzo.-
ARTICULO 2°.- Dispónese que el Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias aplique la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forman parte del Diseño Curricular Institucional aprobado por Resolución N° 3969-E-2023 y su modificatoria Resolución N° 583-E-23 para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Administración de Empresas con Orientación en PYME”, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CON ORIENTACIÓN EN PYME” del Instituto de Educación Superior NI° 7 “Populorum Progressio IN.TE.LA”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, por la cohorte 2024 – inicio Marzo.-
ARTÍCULO 3°.- Establécese que el Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio IN.TE.LA”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del ciclo lectivo 2025, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-
ARTÍCULO 5°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.-
ARTÍCULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Educación Privada, Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, Comisión de Estudio de Títulos. Cumplido, archívese.-
- Sc. Ing. Miriam Serrano
Ministra de Educación