BOLETIN OFICIAL Nº 41 – 12/04/2024

RESOLUCION Nº 459-E/2024.-

EXPTE. Nº 1090-1632/23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 MAR. 2024.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°.-Apruébase el Diseño Curricular Institucional de la carrera “Tecnicatura Superior en Mediación escolar y Sociocomunitaria del Instituto Superior “San Expedito” localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800984-00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Autorizase al Instituto Superior “San Expedito”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, la implementación del Diseño Curricular Institucional de la carrera “Tecnicatura Superior en Mediación escolar y Sociocomunitaria”, por la cohorte 2024, conforme al Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que la Dirección de Títulos, aplique para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Mediación Escolar y Sociocomunitaria”, por la cohorte 2024 – inicio Marzo, de, la carrera “Tecnicatura Superior en Mediación escolar y Sociocomunitaria” del Instituto Superior “San Expedito”, la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forman parte del Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 4°.- Establécese que el Instituto Superior “San Expedito”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del Ciclo Lectivo 2025, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-

ARTÍCULO 6°.- Procédase por Coordinación de Despacho a notificar de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 7°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaria de Planeamiento Estratégico, Dirección de Innovación Educativa, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos y Comisión de Estudio de Títulos. Cumplido, archívese.-

 

  1. Sc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación