BOLETIN OFICIAL Nº 31 – 15/03/2024

RESOLUCIÓN Nº 464-SCA/2023.-

Expte. N° 1101-73-M-2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 OCT. 2023.-

VISTO:

La Solicitud de rectificación de la Resolución Nº 213/2022-SCA presentada por la Secretaría de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación para el proyecto de Infraestructura Educativa en el marco de PROMACE (Programa de Mejora y Acceso a la Calidad Educativa), que se tramita mediante Expediente Administrativo N° 1101-73-M-2020.-

La Ley Provincial Nº 5063 “General del Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios Nº 5980/06 “Evaluación de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la protección de la Atmósfera, de las Aguas y del Suelo”, su modificatorio Nº 9067/07, N°  5606/02 “De las Infracciones y Sanciones”, la Resolución Nº 212/2007- S.M.A.yR.N, la Resolución Nº 213/2022-SCA, y la Ley N° 5875 Orgánica del Poder Ejecutivo y los Decretos Nº 29-A-2021 y Nº 4789-A-2021, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 213/2022-SCA, la Secretaría de Calidad Ambiental emitió una Declaración de Ausencia de Impacto Ambiental Significativo al proyecto de intervención en quince (15) instituciones educativas dentro de la provincia de Jujuy, detallado en el cuadro Anexo de dicha resolución, presentado por la Secretaria de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy.-

Que, la mencionada Secretaria de Infraestructura Educativa, solicitó mediante Nota Nº 1232/2023-SCA la rectificación de algunos nombres, ubicaciones y regiones de pertenencia de ciertos establecimientos educativos descriptos en el cuadro Anexo que fueron mal consignados.-

Que, por lo expuesto y tratándose de un error involuntario, el Área Técnica no encuentra impedimentos para dar lugar a lo solicitado aconsejando rectificar lo solicitado en el cuadro Anexo de la Resolución Nº 213/2022-SCA.-

Por ello;

EL SECRETARIO DE CALIDAD AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Rectificar en el cuadro Anexo de la Resolución Nº 213/2022-SCA, el cual quedara establecido íntegramente como prosigue:

 

Reg. Escuela Localidad Depto.
1 IV Bachillerato Provincial Nº 4 Armada Argentina La Mendieta San Pedro
2 V Bachillerato Provincial Nº 8 Salvador Mazza Caimancito Ledesma
3 III Colegio Secundario Nº 34 San Salvador de Jujuy Dr. Manuel Belgrano
4 I Escuela Nº 25 Sargento José Mariano Gómez Yavi Yavi
5 VII Escuela Nº 45 Dr. Juan Carlos Arias Cochinoca Cochinoca
6 VI  Escuela Nº 55 Patricias Jujeñas Pampa Blanca El Carmen
7 III  Escuela Nº 65 José Quintana Lozano Dr. Manuel Belgrano
8 IV  Escuela Nº 188 Ricardo Guiraldez Real de los Toros Santa Bárbara
9 VI Escuela Nº 312 Agua y Energía Eléctrica El Carmen El Carmen
10 IV Escuela Nº 313 Constantino C. Vigil San Lucas San Pedro
11 III Escuela Nº 321 Provincia de Buenos Aires San Salvador de Jujuy Dr. Manuel Belgrano
12 VI Escuela Independencia del Perú Los Alisos San Antonio
13 III Escuela Nº 388 Juan Galo Lavalle San Salvador de Jujuy Dr. Manuel Belgrano
14 III Escuela Nº 392 Juan B. de La Salle San Salvador de Jujuy Dr. Manuel Belgrano
15 IV Escuela Nº 413 Alicia Moreau de Justo San Pedro San Pedro

 

ARTÍCULO 2°: Manténgase la vigencia plena de los restantes artículos de la Resolución Nº 213/2022-SCA, a todos los efectos que pudieran corresponder.-

ARTÍCULO 3°: Firmado, regístrese por Despacho de esta Secretaría.- Notifíquese a la Secretaría de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación y a la Dirección de Evaluación Ambiental y Fiscalización. Cumplido, archívese.-

 

Ing. Pablo Bergese

Secretario de Calidad Ambiental