BOLETIN OFICIAL Nº 30 – 13/03/2024
RESOLUCIÓN Nº 91-E/2023.-
EXPTE. N° 1090-1867/23.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DIC. 2023.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Diseño Curricular Institucional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN MECATRÓNICA” al Instituto Técnico Superior del Colegio de Técnicos de Jujuy, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE Nº 38000750‑ 00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Autorízase al Instituto Técnico Superior del Colegio de Técnicos de Jujuy, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, la implementación del Diseño Curricular Institucional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN MECATRÓNICA”, por la cohorte 2024, conforme al Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo.
ARTÍCULO 3°.- Dispónese que el Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, ‘aplique la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forman parte del Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo, para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Mecatrónica”, por la cohorte 2024, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN MECATRÓNICA”, del Instituto Técnico Superior del Colegio de Técnicos de Jujuy localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que el Instituto Técnico Superior del Colegio de Técnicos de Jujuy, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones formuladas por la Dirección de Educación Privada bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior para el ciclo lectivo 2025.
ARTÍCULO 6°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.
ARTÍCULO 7°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Dirección de Educación Privada, Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, Comisión de Estudio de Títulos, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Superior. Cumplido, archívese.
- Soc. Miriam Serrano
Ministra de Educación