Post ID: 282837
RESOLUCION Nº 0033-P/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 ENE. 2024.-
VISTO:
EL EXPTE. N° 2086-002-2021″ REGLAMENTO DE BINGOS, LOTAS, BONOS CONTRIBUCIÓN Y PROMOCIONES O SORTEOS DE INCENTIVACIÓN A LAS VENTAS DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE JUEGOS DE AZAR DE JUJUY” y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley 6234/21 se dispuso que el Instituto Provincial de Juegos de Azar de Jujuy, es el Ente Regulador de Juegos de Azar de la Provincia de Jujuy;
Que, por Resolución N° 63-P-21 se aprobó el Reglamento de Bingos, Rifas, Jotas, Eones Contribución y Promociones o Sorteos de Incentivación a las Ventas del Instituto Provincial de Juegos de Azar de Jujuy;
Que, resulta necesario en esta instancia introducir reformas a la normativa del refrendo reglamento con al objeto de adecuar el mismo a las circunstancias actuales en lasa cuales se desarrollan los sorteos;
Que, resulta aconsejable el dictado de un moderno texto normativo facilitando el contralor al Organismo Estatal para resguardar la protección del Orden Publico y la aplicación de normas de juego responsable en la Provincia de Jujuy;
POR ELLO;
EL VICEPRESIDENTE
DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE JUEGO DE AZAR
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar las modificaciones al REGLAMENTO DE BINGOS, RIFAS, LOTAS, BONOS CONTRIBUCION Y PROMOCIONES O SORTEOS DE INCENTIVACION A LAS VENTAS DEL INSTITUTO DE JUEGOS DE AZAR DE JUJUY, el que como Anexo I se incorpora a la presente.-
ARTICULO 2º.- El presente comenzara a regir a partir del día siguiente al de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy.-
ARTICULO 3º.-Queda sin efecto toda norma que se oponga al presente Reglamento.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy. Comuníquese, cumplido. Archívese.-
Dr. Leandro Agustín Meyer
Vicepresidente