BOLETIN OFICIAL Nº 26 – 04/03/2024

RESOLUCION Nº 00568-P/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2023.-

VISTO:

EL EXPTE. N°2086-569-2023 caratulado: “DEPARTAMENTO REGULARIZACIÓN Y FISCALIZACIÓN. REGLAMENTO DE JUEGO ON LINE” y;

CONSIDERANDO:

Que, en un contexto dinámico, en el cual la tecnología avanza mucho más rápido que los esquemas normativos y regulatorios, proliferan sitios en Internet de captura apuestas por fuera de los marcos regulatorios en todo el mundo con servidores que se asientan en paraísos fiscales con el fin de eludir marcos legales;

Que, conforme surge en el artículo 2° de la Ley N° 6234/2021 el INSTITUTO PROVINCIAL DE JUEGOS DE AZAR DE JUJUY es el órgano controlador, fiscalizador y regulador de los Juegos de Azar que se realicen en la Provincia de Jujuy, debiendo a tales efectos otorgar las autorizaciones pertinentes;

Que, en la Provincia de Jujuy operan dos licencias en la explotación de Juegos ON LIME;

Que, resulta necesario establecer en la Provincia de Jujuy normas estatales dinámicas que aborden el desafío de las apuestas y juegos de azar por internet, según el mandato constitucional actual, para regular la administración del juego online;

Que, en nuestra jurisdicción debe reglamentarse el desarrollo de las especificaciones técnicas que deben cumplir los operadores habilitados en la Provincia de Jujuy, de regulación del juego y los mecanismos de control otorgando protección a los apostadores;

Que, deben aplicarse normas tendientes a la obtención de los registros

generados durante desarrollo de Juegos on line, las especificaciones para el almacenamiento de los registros de operaciones de juego y su trazabilidad, en el formato y de conformidad con el procedimiento establecido por el Inprojuy

Que, asimismo deben detallarse los requerimientos de seguridad de los sistemas de información utilizados para el juego;

Que, la División Asesoría Legal del Inprojuy manifiesta que no existen impedimentos legales para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente;

POR ELLO;

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE JUEGO DE AZAR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar el Reglamento de Juegos on line, el que como los Anexo I, Anexo II y Anexo III forman parte de la presente Resolución, en la Jurisdicción de la Provincia de Jujuy, el que entrará en vigencia a partir de la Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en forma

integra.

ARTICULO 2°.- Notificar a las Empresas concesionarias de Juegos on line en la Provincia de Jujuy, al Departamento Regulación y Fiscalización de juegos de azar de Jujuy, al Departamento Auditoria del InrpoJuy.

ARTICULO 3°.- Notificar al Departamento Comunicación Institucional, que deberá arbitrar los medios necesarios para publicar el presente reglamento en la Página WEB del Inprojuy.

ARTICULO 4°.- Regístrese. Comuníquese. Cumplido. Archívese.

 

Lic. Walter Rolando Morales

Presidente