BOLETIN OFICIAL Nº 13 – 31/01/2024

RESOLUCION Nº 134-E/2024.-

EXPTE. Nº 1050-1588/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 ENE. 2024.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Convócase a Concurso de Antecedentes para la Cobertura, con carácter provisional, del cargo vacante de Supervisor de Zona de Nivel Inicial que figuran en el Anexo Único y que forma parte de la presente Resolución de conformidad a lo expuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que podrán participar en el presente Concurso de Antecedentes, los Directores y Vicedirectores Titulares de Jardines de Infantes Nucleados (JIN) y Jardines Independientes (JI) de 1º y 2° categoría que reúnan los siguientes requisitos establecidos en el Estatuto Docente Provincial Ley N° 2531/60 y Ley N° 6298/22:

1.        Poseer titulo de Profesor de Enseñanza en el Nivel Inicial conforme al Articulo 29° de la Ley N° 2531/60.

2.        Revistar Situación Activa conforme al Articulo 2º y Artículo 3º inciso a) de la Ley N° 2531/60.

3.        Ser argentino nativo o naturalizado conforme al Artículo 29° de la Ley N° 2531/60.

4.        Tener dos (2) años por lo menos de antigüedad en el cargo de director o vicedirector de escuela superior, pero en ningún caso menos de ocho (8) años de servicios continuados en la docencia provincial conforme al Articulo 29° de la Ley N° 2531/60.

5.        Registrar durante los últimos (5) años desempeño Profesional MUY BUENO conforme al Articulo 29° de la Ley N° 2531/60 y Ley N° 6298/22.

6.        No registrar medidas disciplinarias en el año del concurso o en el inmediato anterior conforme al Artículo 29° de la Ley N° 2531/60

 

ARTÍCULO 3º.- Establécese que podrán participar, excepcionalmente y por única vez los Directores Titulares asumidos por Concurso de Oposición y Antecedentes – Resolución N° 523-E-22 y su Rectificatoria Resolución N° 918-E-22, que reúnan los siguientes requisitos establecidos en el Estatuto Docente Provincial Ley N° 2531/60 y Ley N° 6298/22:

a)        Poseer título de Profesor de Enseñanza en el Nivel Inicial conforme al Articulo 29° de la Ley N° 2531/60.

b)       Revistar Situación Activa conforme al Artículo 2º y Artículo 3º inciso a) de la Ley N° 2531/60.

c)        Ser argentino nativo o naturalizado conforme al Articulo 29° de la Ley N° 2531/60.

d)       Tener ocho (8) años de servicios continuados en la docencia provincial (Artículo 29° Ley N° 2531/60).

e)        Registrar durante los últimos (5) años desempeño Profesional MUY BUENO conforme al Artículo 29° de la Ley N° 2531/60 y Ley N° 6298/22.

f)        No registrar medidas disciplinarias en el año del concurso o en el inmediato anterior conforme al Artículo 29º de la Ley N° 2531/60.

 

ARTÍCULO 4º.- Encomiendase a Junta Provincial de Calificación Docente a valorar los antecedentes de los docentes inscriptos en el Concurso, según las pautas establecidas por Ley N° 6298/22 “Grilla de Calificación de Antecedentes para docentes de los Niveles Obligatorios y Modalidades del Sistema Educativo de la provincia de Jujuy”.-

ARTÍCULO 5º.- Dispónese que para la Calificación del Desempeño Profesional, Junta Provincial de Calificación Docente procederá a asimilar los Conceptos Profesionales que obran actualmente en los legajos, a la categoría establecida por Ley N° 6298/22.-

ARTÍCULO 6º.- Autorizase a Junta Provincial de Calificación Docente a ofrecer el cargo vacante, con carácter provisional de Supervisor de Zona de Nivel Inicial según el siguiente Orden de Prelación:

1.        En Primer Orden, los Directores Titulares de Jardines de Infantes Nucleados (JIN) y Jardines Independientes (JI) de 1º y 2º categoría de Nivel Inicial.

2.        En Segundo Orden, Vicedirectores Titulares de Jardines de Infantes Nucleados (JIN) y Jardines Independientes (JI) de 1º y 2° categoría de Nivel Inicial.

3.        En Tercer Orden, los Directores Titulares de Jardines de Infantes Nucleados (JIN) y Jardines Independientes (JI) de 1º y 2° categoría de Nivel Inicial recientemente asumidos por Concurso de Oposición y Antecedentes Resolución N° 523-E-22 y su Rectificatoria N° 918-E-22.

 

ARTÍCULO 7°,- Facultase a la Junta Provincial de Calificación Docente la sustanciación del presente concurso en lo que respecta a:

1.        Difusión: 29, 30 y 31 de Enero de 2024.

2.        Inscripción: 01, 02 y 05 Febrero de 2024.

3.        Exhibición del cuadro provisorio de orden de mérito: 14 de Febrero de 2024.

4.        Recepción de reclamos y/o impugnaciones: 15 de Febrero de 2024.

5.        Exposición del cuadro definitivo de orden de mérito de los postulantes al cargo de Supervisor de Zona de Nivel Inicial: 19 Febrero de 2024.

6.        Ofrecimiento de cargos: 22 de Febrero de 2024.

7.        Fecha de Toma de Posesión del cargo: 23 de Febrero de 2024.

 

ARTÍCULO 8°.- Considérase en forma provisoria la inscripción y participación de los aspirantes que estuviesen sometidos a procesos sumariales, hasta que la resolución del caso sea definitiva. Si concluido el sumario, el concursante resultare pasible de las medidas disciplinarias previstas en el Artículo 67° en los incisos ch), d), e), f) y g) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60, se desestirnará la participación en el presente concurso y su asunción en el cargo.-

ARTICULO 9°.- Establécese que los docentes que se encuentren sometidos a procesos sumariales con causas penales, específicamente por incurrir en delitos de índole sexual y vulnerar la protección y el bienestar físico y psicológico de los niños, niñas y adolescentes, quedan impedidos de participar en la presente convocatoria por el incumplimiento de los deberes inherentes al ejercicio del cargo docente, de conformidad con lo establecido en el marco normativo aplicable.-

ARTÍCULO 10º.- Encomiendase a Junta Provincial de Calificación Docente, Dirección de Nivel Inicial, Supervisores de Nivel Inicial, Equipo Técnico Pedagógico Ministerial de Concursos y a las Jefaturas Administrativas Regionales I, II, III, IV, V, VI y VII, la comunicación de la presente Resolución a todas las Instituciones Educativas.-

ARTÍCULO 11°.- Regístrese y pase a conocimiento con Copia Certificada al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, pase al Equipo Técnico Pedagógico Ministerial de Concursos, Secretaría de Gestión Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Inicial, Dirección de Educación Inicial, Dirección Provincial de Administración y Área de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.-

 

M. Sc. Ing Miriam Serrano

Ministra de Educación