BOLETIN OFICIAL Nº 13 – 31/01/2024
RESOLUCION Nº 134-E/2024.-
EXPTE. Nº 1050-1588/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 ENE. 2024.-
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Convócase a Concurso de Antecedentes para la Cobertura, con carácter provisional, del cargo vacante de Supervisor de Zona de Nivel Inicial que figuran en el Anexo Único y que forma parte de la presente Resolución de conformidad a lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que podrán participar en el presente Concurso de Antecedentes, los Directores y Vicedirectores Titulares de Jardines de Infantes Nucleados (JIN) y Jardines Independientes (JI) de 1º y 2° categoría que reúnan los siguientes requisitos establecidos en el Estatuto Docente Provincial Ley N° 2531/60 y Ley N° 6298/22:
1. Poseer titulo de Profesor de Enseñanza en el Nivel Inicial conforme al Articulo 29° de la Ley N° 2531/60.
2. Revistar Situación Activa conforme al Articulo 2º y Artículo 3º inciso a) de la Ley N° 2531/60.
3. Ser argentino nativo o naturalizado conforme al Artículo 29° de la Ley N° 2531/60.
4. Tener dos (2) años por lo menos de antigüedad en el cargo de director o vicedirector de escuela superior, pero en ningún caso menos de ocho (8) años de servicios continuados en la docencia provincial conforme al Articulo 29° de la Ley N° 2531/60.
5. Registrar durante los últimos (5) años desempeño Profesional MUY BUENO conforme al Articulo 29° de la Ley N° 2531/60 y Ley N° 6298/22.
6. No registrar medidas disciplinarias en el año del concurso o en el inmediato anterior conforme al Artículo 29° de la Ley N° 2531/60
ARTÍCULO 3º.- Establécese que podrán participar, excepcionalmente y por única vez los Directores Titulares asumidos por Concurso de Oposición y Antecedentes – Resolución N° 523-E-22 y su Rectificatoria Resolución N° 918-E-22, que reúnan los siguientes requisitos establecidos en el Estatuto Docente Provincial Ley N° 2531/60 y Ley N° 6298/22:
a) Poseer título de Profesor de Enseñanza en el Nivel Inicial conforme al Articulo 29° de la Ley N° 2531/60.
b) Revistar Situación Activa conforme al Artículo 2º y Artículo 3º inciso a) de la Ley N° 2531/60.
c) Ser argentino nativo o naturalizado conforme al Articulo 29° de la Ley N° 2531/60.
d) Tener ocho (8) años de servicios continuados en la docencia provincial (Artículo 29° Ley N° 2531/60).
e) Registrar durante los últimos (5) años desempeño Profesional MUY BUENO conforme al Artículo 29° de la Ley N° 2531/60 y Ley N° 6298/22.
f) No registrar medidas disciplinarias en el año del concurso o en el inmediato anterior conforme al Artículo 29º de la Ley N° 2531/60.
ARTÍCULO 4º.- Encomiendase a Junta Provincial de Calificación Docente a valorar los antecedentes de los docentes inscriptos en el Concurso, según las pautas establecidas por Ley N° 6298/22 “Grilla de Calificación de Antecedentes para docentes de los Niveles Obligatorios y Modalidades del Sistema Educativo de la provincia de Jujuy”.-
ARTÍCULO 5º.- Dispónese que para la Calificación del Desempeño Profesional, Junta Provincial de Calificación Docente procederá a asimilar los Conceptos Profesionales que obran actualmente en los legajos, a la categoría establecida por Ley N° 6298/22.-
ARTÍCULO 6º.- Autorizase a Junta Provincial de Calificación Docente a ofrecer el cargo vacante, con carácter provisional de Supervisor de Zona de Nivel Inicial según el siguiente Orden de Prelación:
1. En Primer Orden, los Directores Titulares de Jardines de Infantes Nucleados (JIN) y Jardines Independientes (JI) de 1º y 2º categoría de Nivel Inicial.
2. En Segundo Orden, Vicedirectores Titulares de Jardines de Infantes Nucleados (JIN) y Jardines Independientes (JI) de 1º y 2° categoría de Nivel Inicial.
3. En Tercer Orden, los Directores Titulares de Jardines de Infantes Nucleados (JIN) y Jardines Independientes (JI) de 1º y 2° categoría de Nivel Inicial recientemente asumidos por Concurso de Oposición y Antecedentes Resolución N° 523-E-22 y su Rectificatoria N° 918-E-22.
ARTÍCULO 7°,- Facultase a la Junta Provincial de Calificación Docente la sustanciación del presente concurso en lo que respecta a:
1. Difusión: 29, 30 y 31 de Enero de 2024.
2. Inscripción: 01, 02 y 05 Febrero de 2024.
3. Exhibición del cuadro provisorio de orden de mérito: 14 de Febrero de 2024.
4. Recepción de reclamos y/o impugnaciones: 15 de Febrero de 2024.
5. Exposición del cuadro definitivo de orden de mérito de los postulantes al cargo de Supervisor de Zona de Nivel Inicial: 19 Febrero de 2024.
6. Ofrecimiento de cargos: 22 de Febrero de 2024.
7. Fecha de Toma de Posesión del cargo: 23 de Febrero de 2024.
ARTÍCULO 8°.- Considérase en forma provisoria la inscripción y participación de los aspirantes que estuviesen sometidos a procesos sumariales, hasta que la resolución del caso sea definitiva. Si concluido el sumario, el concursante resultare pasible de las medidas disciplinarias previstas en el Artículo 67° en los incisos ch), d), e), f) y g) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60, se desestirnará la participación en el presente concurso y su asunción en el cargo.-
ARTICULO 9°.- Establécese que los docentes que se encuentren sometidos a procesos sumariales con causas penales, específicamente por incurrir en delitos de índole sexual y vulnerar la protección y el bienestar físico y psicológico de los niños, niñas y adolescentes, quedan impedidos de participar en la presente convocatoria por el incumplimiento de los deberes inherentes al ejercicio del cargo docente, de conformidad con lo establecido en el marco normativo aplicable.-
ARTÍCULO 10º.- Encomiendase a Junta Provincial de Calificación Docente, Dirección de Nivel Inicial, Supervisores de Nivel Inicial, Equipo Técnico Pedagógico Ministerial de Concursos y a las Jefaturas Administrativas Regionales I, II, III, IV, V, VI y VII, la comunicación de la presente Resolución a todas las Instituciones Educativas.-
ARTÍCULO 11°.- Regístrese y pase a conocimiento con Copia Certificada al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, pase al Equipo Técnico Pedagógico Ministerial de Concursos, Secretaría de Gestión Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Inicial, Dirección de Educación Inicial, Dirección Provincial de Administración y Área de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.-
M. Sc. Ing Miriam Serrano
Ministra de Educación