BOLETIN OFICIAL Nº 12 – 29/01/2024

COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 124/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DIC. 2023.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

La Resolución Nº 74/2018, mediante la cual el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de Jujuy dispone el expurgo anual de todos los Libros de Registros de Firmas e Impresiones Digitales a través del procedimiento de destrucción por incineración;

Que, el último expurgo se concretó en el año 2019;

Que, los Escribanos Encargados del Archivo de Protocolos emitieron un informe circunstanciado de los Libros de Registros de Firmas e Impresiones Digitales que se encuentran en condiciones de ser incinerados, los que a la fecha ascienden a Cuatrocientos ochenta y tres;

Que, una parte considerable de la superficie del Archivo de Protocolos podrá ser reutilizada al concluir el procedimiento de expurgo;

Que, el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos posee facultades suficientes de conformidad a la Ley Notarial Nº 4884 (art. 120 inc. 5 y concordantes;

Por lo expuesto:

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º:  Autorizar el Expurgo a través del procedimiento de destrucción por incineración de los Libros de Registros de Firmas e Impresiones Digitales, los cuales incluyen el año 2012, de acuerdo al detalle especificado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.-

ARTICULO 2º:  Informar a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia y al Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo, con indicación del lugar en el que se   llevará a cabo el procedimiento.-

ARTÍCULO 3º: Exhibir en la Sede Central, delegaciones de San Pedro de Jujuy, Libertador General San Martín del Colegio de Escribanos y Archivo de Protocolos el listado de Libros a incinerar con detalle de los Registros Notariales en los cuales fueron utilizados.-

ARTÍCULO 4º: Disponer la instrumentación de un Acta Notarial que documente la individualización de los Libros a incinerar y la destrucción total de los mismos.-

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, cumplido archívese.-

 

Esc. Pablo E. Saravia Pérez

Presidente

29 ENE. LIQ. Nº 34949 $750,00.-