BOLETIN OFICIAL Nº 2 – 05/01/2024

RESOLUCION Nº 840-E/2023.-

EXPTE. N° 1090-1127/23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 DIC. 2023.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular Institucional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN FINANCIERA del Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800937-00 que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Autorízase al Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, la implementación del Diseño Curricular Institucional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN FINANCIERA”, por la cohorte 2024, conforme al Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que el Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias aplique la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forma parte del Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo, para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Administración Financiera”, por la cohorte 2024, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ADMINSTRACIÓN FINANCIERA” del Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que el Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte” localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del ciclo lectivo 2025 bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-

ARTÍCULO 6°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 7°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Educación Privada, Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, Comisión de Estudio de Títulos. Cumplido, archívese.

 

  1. Soc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación