BOLETIN OFICIAL Nº 2 – 05/01/2024

RESOLUCION CONJUNTA Nº 740-E-S/2023.-

EXPTE. Nº 1090-1191/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 NOV. 2023.-

LOS MINISTROS DE EDUCACIÓN Y SALUD

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN FARMACIA” del Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el número de CUE 3800937-00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Autorizase la implementación por la cohorte 2023, periodo escolar común-inicio Marzo del Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN FARMACIA”, del Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte” localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, conforme al Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1º del presente Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que el Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, aplique la Estructura Curricular que forma parte del Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1º del presente Acto Resolutivo para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Farmacia”, por la cohorte 2023, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN FARMACIA”, del Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte” localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTÍCULO 4º.- Establécese que el Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte” localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal, de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-

ARTICULO 5º.- Dispónese que la Institución deberá revertir su situación contable relacionada con el activo pasivo, bajo apercibimiento de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-

ARTÍCULO 6º.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 7º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Educación Privada, Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudio y Equivalencias, Comisión de Estudio de Títulos. Ministerio de Salud. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-

 

Dr. Gustavo Alfredo Bouhid

Ministro de Salud

 

  1. Sc. Ing Miriam Serrano

Ministra de Educación