BOLETIN OFICIAL Nº 1 – 03/01/2024

RESOLUCION Nº 818-E/2023.-

EXPTE. N° 1090-1849/23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2023.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Autorízase la implementación del Diseño Curricular Jurisdiccional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN DESARROLLO DE SOFTVVARE al Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio IN.TE.LA.”, localizado en la ciudad de San Pedro de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800042-01, conforme al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución N° 2730-E-22, por la cohorte 2024 – inicio Marzo.

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que el Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias aplique la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forman parte del Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución N° 2730-E-22 para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Desarrollo de Software”, por la cohorte 2024 – inicio Marzo, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN DESARROLLO DE SOFTWARE-del Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio IN.TE.LA.”, localizado en la ciudad de San Pedro de Jujuy.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que el Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio IN.TE.LA.”, localizado en la ciudad de San Pedro de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del ciclo lectivo 2025, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.

ARTÍCULO 5°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.

ARTÍCULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Educación Privada, Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, Comisión de Estudio de Títulos. Cumplido, archívese.

 

  1. Soc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación