BOLETIN OFICIAL Nº 1 – 03/01/2024
RESOLUCION Nº 611-E/2023.-
EXPTE. N° 1082-467/22.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2023.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Modificase parcialmente el Artículo 1° de la Resolución N° 596-E-2-.que dispone la implementación del Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Primaria Orientación en Educación Rural, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese la implementación del Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Primaria Orientación en Educación Rural aprobado por Resolución N° 13971-E-19 y su modificatoria Resolución N° 2148-E-20 para la cohorte 2020 en los Institutos de Educación Superior que se consignan a continuación:
IES | SEDE | CUE |
1 | La Quiaca | 3800520-00 |
4 | San Salvador de Jujuy | 3800385-00 |
10 | Libertador General San Martín | 3800352-00 _ |
ARTÍCULO 2°.- Téngase por autorizada la implementación del Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Primaria OrientaCión en Educación Rural, aprobado por Resolución N° 13971-E-19 y su modificatoria Resolución N° 2148-E-20, para las cohortes 2021, 2022 y 2023 en los Institutos de Educación Superior N° 1 con sede La Quiaca – CUE N° 3800520-00, N° 4 con sede San Salvador de Jujuy – CUE N° 3800385-00 y N° 10 con sede Libertador General San Martín – CUE N° 3800352-00, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 3°.- Dispónese la implementación del Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Primaria Orientación en Educación Rural, aprobado por Resolución N° 13971-E-19 y su modificatoria Resolución N° 2148-E-20, por la cohorte 2024, en los Institutos de Educación Superior N° 1 con sede La Quiaca — CUE N° 3800520-00, N° 4 con sede San Salvador de Jujuy — CUE N° 3800385-00 y N° 10 con sede Libertador General San Martín — CUE N° 3800352-00, por las razones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 4°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar los términos de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior y a la Junta Provincial de Calificación Docente.
ARTÍCULO 5°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento a la Secretaría de Gestión Educativa, Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones y Certificaciones de Estudios y Equivalencias, Comisión de Estudio de Títulos, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Planeamiento Educativo, Dirección Provincial de Administración (Área de Recursos Humanos, Departamento Costo y Presupuesto y Área Liquidaciones). Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación para su archivo.
- Soc. Ing. Miriam Serrano
Ministra de Educación