BOLETIN OFICIAL Nº 145 – 29/12/2023
RESOLUCION Nº 1501-ISPTyV/2023.-
EXPTE. Nº 630-428/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2023.-
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APLÍQUESE a HOLDEC INVERSORA S.A. la sanción de multa prevista en el artículo N° 36.1.6 del contrato de concesión equivalente al cero con cinco por ciento (0,5%) sobre la facturación indicada en el Artículo N° 26 del contrato de concesión, por incurrir en demoras, inexactitudes u omisiones injustificadas en la presentación de información o documentación que le sea requeridas por las personas autorizadas según este Contrato y las Leyes del Estado.-
ARTÍCULO 2°.- APLÍQUESE a HOLDEC INVERSORA S.A. la sanción de multa prevista en el artículo N° 36.1.16 del contrato de concesión equivalente al cero con treinta por ciento (0,30%) sobre la facturación indicada en el Artículo N° 26 del contrato de concesión por incurrir en demoras de en la realización y conclusión, en tiempo oportuno de las Obras y Trabajos Obligatorios a que se refiere el SUBANEXO VIII- PLAN DE OBRAS OBLIGATORIO correspondiente al periodo 2022.-
ARTÍCULO 3°.- Los valores indicados en los artículos que anteceden deberán ser depositados dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución a la Cuenta: Banco Nacion Fondos FCT Nº 4882026212, CBU Nº 010488620048820262129 perteneciente al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-
ARTÍCULO 4°.- Previo registro por Dirección General de Asuntos Jurídicos, notifíquese a HOLDEC LNVERSORA S.A. cumplido publíquese en forma sintética al Boletín Oficial, remítase copia a conocimiento de Tribunal de Cuentas., SUSEPU y siga a la Secretaría de Energía a sus efectos.-
Esc. Mario Alejandro Pizarro
Secretario de Energía