BOLETIN OFICIAL Nº 144 – 27/12/2023

RESOLUCION Nº 839-E/2023.-

EXPTE. N° 1090-1543/23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 DIC. 2023.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Autorízase la implementación del Diseño Curricular Institucional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN RÉGIMEN ADUANERO Y COMERCIO EXTERIOR” al Instituto Superior de Capacitación Aduanera Jujuy “Dr. Guillermo E. Snopek localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800791-00, conforme al Diseño Curricular Institucional aprobado por Resolución N° 4804-E-23, por la cohorte 2024 – inicio Marzo.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que el Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias aplique la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forman parte del Diseño Curricular Institucional aprobado por Resolución 4804-E-23 para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Régimen Aduanero y Comercio Exterior”, por la cohorte 2024 – inicio Marzo, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN RÉGIMEN ADUANERO Y COMERCIO EXTERIOR” del Instituto Superior de Capacitación Aduanera Jujuy “Dr. Guillermo E. Snopek”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy;

ARTÍCULO 3°.- Establécese que el Instituto Superior de Capacitación Aduanera Jujuy “Dr. Guillermo E. Snopek”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Institución Educativa, deberá cumplir con las observaciones formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del ciclo lectivo 2025, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-

ARTÍCULO 5°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Educación Privada, Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias y Comisión de Estudio de Títulos. Cumplido, archívese.-

 

  1. Sc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación