BOLETIN OFICIAL Nº 144 – 27/12/2023

RESOLUCION CONJUNTA Nº 729-E-S/2023.-

EXPTE. N° 1090-1240/22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 NOV. 2023.-

LOS MINISTROS DE EDUCACION Y SALUD

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICOS” en el Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio IN.TE.LA.” localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800042-00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase la implementación por la cohorte 2023, periodo escolar común – inicio en Marzo, con una (1) comisión, del Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICOS” en el Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio IN.TE.LA.” localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, conforme al Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo.

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que el Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, aplique la Estructura Curricular que forma parte del Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo, para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Laboratorio de Análisis Clínicos”, por la cohorte 2023, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICOS” del Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio IN.TE.LA.”

ARTICULO 4°.- Establécese que el Instituto de Educación Superior N° 7 Populorum Progressio IN.TE.LA., localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal, de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.

ARTÍCULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Educación Privada, Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudio y Equivalencias, Comisión de Estudio de Títulos. Ministerio de Salud. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-

 

  1. Sc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación

 

Dr. Gustavo Alfredo Bouhid

Ministro de Salud