BOLETIN OFICIAL Nº 140 – 15/12/2023

RESOLUCION Nº 604-E/2023.-

EXPTE. N° 1082-449/22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2023.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Modifícase parcialmente el Articulo 1° de la Resolución N° 14035-E-13_que dispone la implementación del Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Especial Orientación en Sordos e Hipoactytos, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 1°.- Dispónese la implementación del Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Especial Orientación en Sordos e Hipoacúsicos, aprobado por Resolución N° 13969-E­19 y su modificatoria Resolución N° 2079-E-20 para la cohorte 2020 en los Institutos de Educación Superior que se consignan a continuación:

 

IES SEDE CUE
1 Abra Pampa 3800520-01
7 San Pedro de Jujuy 3800042-01 _

 

ARTÍCULO 2°.- Téngase por autorizada la implementación del Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Especial Orientación en Sordos e Hipoacúsicos, aprobado por Resolución N° 13969-E-19 y su modificatoria Resolución N° 2079-E-20, por las cohortes 2021, 2022 y 2023 en los Institutos de Educación Superior N° 1 con sede Abra Pampa – CUE N° 3800520-01 y N° 7 sede San Pedro de Jujuy – CUE N° 3800042-01, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese la implementación del Diseño Curricular Provincial para la Formación Docente Inicial del Profesorado de Educación Especial Orientación en Sordos e Hipoacúsicos, aprobado por Resolución N° 13969-E-19 y su modificatoria Resolución N°2079-E-20, para la cohorte 2024 en los Institutos de Educación Superior N° 1 con sede Abra Pampa – CUE N° 3800520-01 y N° 7 sede San Pedro de Jujuy – CJJE N° 3800042-01, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 4°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar los términos de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior y a la Junta Provincial de Calificación Docente.-

ARTÍCULO 5°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento a la Secretaría de Gestión Educativa, Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones y Certificaciones de Estudios y Equivalencias, Comisión de Estudio de Títulos, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Planeamiento Educativo, Dirección Provincial de Administración (Área de Recursos Humanos / Departamento Costo y Presupuesto / Área Liquidaciones). Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación para su archivo.

 

  1. Soc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación