BOLETIN OFICIAL Nº 140 – 15/12/2023
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA.- Libro de Acordadas Nº 27 Fº 230/231 Nº 75.- En la ciudad de Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, capital de la Provincia de Jujuy, a los seis días del mes de diciembre de dos mil veintitrés los señores Jueces de la Suprema Corte de Justicia, Doctores, Doctores Federico Francisco Otaola, Sergio Marcelo Jenefes, Laura Nilda Lamas González, José Manuel del Campo, María Silvia Bernal, Ekel Meyer, Mariano Gabriel Miranda, María Eugenia Nieva y Martín Francisco Llamas, bajo la presidencia del primero de los nombrados y;
Consideraron:
La proximidad de la entrada en vigencia de la Ley Nº 6.353 “De Mediación de la Provincia de Jujuy” y lo dispuesto en su articulo 12º, mediante el cual dispone que la Suprema Corte de Justicia reglamente el procedimiento en el ámbito judicial.
Que, es necesario que se efectué un pormenorizado estudio de dicha disposición, por lo que corresponde suspender la vigencia de los artículos 12º, 13º, 14º, 15º, 16º y 17º, hasta tanto esta Suprema Corte expida mediante Acordada la reglamentación en dicha materia.-
Por lo expuesto y a los efectos de no afectar el normal desenvolvimiento del Departamento de Mediación, deberá procederse dentro del marco normativo vigente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas en el articulo 188º inc. 6) de la Constitución de la Provincia, art. 49º de la ley Nº 4055 –Orgánica del Poder Judicial-, encontrándose de licencia el Dr. José Manuel del Campo, esta Suprema Corte de Justicia;
Resuelve:
1º) Suspender la vigencia de los artículos 12º, 13º, 14º, 15º, 16º y 17º, de la Ley Nº 6.353 de “Mediación de la Provincia de Jujuy” hasta tanto la Suprema Corte de Justicia disponga su respectiva reglamentación.
2º) Hasta tanto se ejecute el artículo precedente, se procederá dentro del marco de la normativa vigente.
3º) Registrar, hacer saber con nota de estilo al Poder Legislativo y Ejecutivo.
4º) Publicar por dos días en el Boletín Oficial y dar cuenta al Colegio de Abogados y Procuradores y al Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Jujuy.-
Firmado: Doctores Federico Francisco Otaola, Sergio Marcelo Jenefes, María Silvia Bernal, Ekel Meyer, Mariano Gabriel Miranda y Martín Francisco Llamas.-
Se deja constancia que las Dras. Laura Nilda Lamas González y María Eugenia Nieva no firman la presente por encontrarse de licencia.-
Secretaría 06 de diciembre de 2023.
Ante mí Dr. Ariel Omar Cuva- Secretario de Superintendencia
13/15 DIC. S/C.-