BOLETIN OFICIAL Nº 131 – 24/11/2023

RESOLUCION Nº 693-E/2023.-

EXPTE. Nº 1050-1376-23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 NOV. 2023.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Convócase a Concurso de Oposición y Antecedentes para la cobertura de cargos vacantes de Directores y Vicedirectores de Jardines de Infantes Nucleados (JIN) y Jardines Independientes (JI) de 1º y 2º categoría de Nivel Inicial, con carácter Titular, que figuran en el Anexo I y que forma parte de la presente Resolución de conformidad a lo expuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Apruebase el Anexo II “Reglamento del Concurso de Oposición y Antecedentes” para la cobertura de cargos vacantes de Directores y Vicedirectores de Jardines de Infantes Nucleados (JIN) y Jardines Independientes (JI) de 1º y 2º categoría de Nivel Inicial, que forma parte de la presente Resolución.-

ARTÍCULO 3º.- Establécese que podrán participar en el presente Concurso de Oposición y Antecedentes los docentes que reúnan los siguientes requisitos establecidos en el Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60 y su modificatoria Ley N° 3283/76; y Ley N° 6298/22:

  1. Revistar en situación Activa conforme al Artículo 2º y Artículo 3º inciso a) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  2. Tener cinco (5) años de servicios continuados como mínimo en la docencia provincial conforme al Artículo 24º del Estatuto del Docente Provincial Ley Nº 2531/60 modificado por Ley N° 3283/76.
  3. Registrar durante los últimos cinco (5) años Desempeño Profesional SOBRESALIENTE conforme al Artículo 24º del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60 modificado por Ley N° 3283/76 y Ley N° 6298/22.
  4. No haber sido objeto de medidas disciplinarias sujetas a sumario durante los últimos cinco (5) años conforme al Artículo 24º del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60 modificado por Ley N° 3283/76.

 

ARTÍCULO 4°.- Téngase presente que Junta Provincial de Calificación Docente valorará los antecedentes de los postulantes conforme a la Ley N° 6298/22 “Grilla de Calificación de Antecedentes para docentes de los Niveles Obligatorios y Modalidades del Sistema Educativo de la provincia de Jujuy”.-

ARTÍCULO 5º.- Establécese que Junta Provincial de Calificación Docente realizará la valoración de los Antecedentes de los postulantes de acuerdo al siguiente cronograma:

 

CRONOGRAMA DE LOS ANTECEDENTES
1-Difusión: 23, 24, 25 y 26 de Noviembre de 2023.
2. Preinscripción (online): 27, 28, 29 y 30 de Noviembre de 2023.
3. Inscripción Definitiva (presencial): Desde el 04 de Diciembre hasta el 12 de Enero de 2024.
4. Exhibición del cuadro Provisorio del LUOM: 29 de Enero de 2024.
5. Recepción de reclamos y/o impugnaciones: 30 y 31 de Enero y 01 y 02 de Febrero de 2024.
6. Exposición del L.U.O.M. definitivo: 07 de Febrero de 2024.

 

ARTÍCULO 6º.- Establécese que el Ministerio de Educación, a través del Equipo Técnico Pedagógico Ministerial de Concursos, implementará un Dispositivo de Formación integral y gratuito para los docentes inscriptos en la presente convocatoria, de acuerdo al siguiente cronograma:

 

CRONOGRAMA DE FORMACION
1-Dispositivo de Formación: Desde Abril hasta Agosto de 2024.

 

ARTÍCULO 7º.- Comunicase a los docentes inscriptos que et Dispositivo de Formación contará con Resolución emitida por el Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy en donde se detallará modalidad de cursado y los requisitos para la aprobación.-

ARTÍCULO 8°.- Encomiendase al Equipo Técnico Pedagógico Ministerial de Concursos la sustanciación de la Oposición de acuerdo a los siguientes cronogramas:

 

CONFORMACIÓN DEL JURADO
2. Conformación del Jurado: 04, 05, 06, 07 у 08 de Marzo de 2024.
3. Exhibición de la Nómina del Jurado: 13 de Marzo de 2024.
4. Periodo de Recusación del Jurado: 14 y 15 de Marzo de 2024.
5. Exposición Final de la Nómina del Jurado: 27 de Marzo de 2024.

 

CRONOGRAMA DE LA OPOSICIÓN
1. Evaluación Escrita: 14 de Septiembre de 2024.
2. Trabajo de Campo: Desde el 07 hasta el 25 de Octubre 2024.
3. Evaluación Oral: Desde el 18 hasta el 22 de Noviembre de 2024.
4. Exposición Final de la Oposición 27 de Noviembre de 2024.

 

ARTÍCULO 9º.- Indicase a los docentes inscriptos en el presente concurso, que las etapas de la Oposición se dividen en tres (3) partes: 1) Evaluación Escrita, 2) Trabajo de Campo y 3) Evaluación Oral; las cuales son excluyentes y correlativas, lo que implica que los postulantes podrán avanzar a la siguiente evaluación si han obtenido una calificación aprobatoria en la instancia anterior.-

ARTÍCULO 10º.- Establécese que la aprobación de la Oposición no implica de manera automática la asignación de un cargo, ni la preservación en el tiempo del Listado Único de Orden de Mérito (L.U.O.M.) del Concurso y que por tal efecto, los docentes que hayan aprobado la Oposición y no hubieren obtenido una vacante, por haberse cubierto su totalidad; deberán esperar una nueva convocatoria a Concurso de Oposición y Antecedentes.-

ARTÍCULO 11º.- Facultase a Junta Provincial de Calificación Docente a efectuar el ofrecimiento de los cargos vacantes de acuerdo el siguiente cronograma

 

RESULTADO FINAL DEL CONCURSO
1. Exposición del LUOM Final (Antecedentes + Oposición); 04 de Diciembre de 2024.
2. Ofrecimiento de los cargos: 13 de Diciembre de 2024.
3. Fecha de Toma de Posesión: Diciembre de 2024.

 

ARTÍCULO 12º.- Dispónese que los fines de no producir ningún perjuicio al personal docente involucrado en las acciones previstas en el llamado a Concurso, Junta Provincial de Calificación Docente ofrecerá los cargos vacantes de acuerdo al Listado Único de Orden de Mérito (L.U.O.M.) que resulte de calificación obtenida entre la suma de los Antecedentes y la Oposición.-

ARTÍCULO 13º.- Considérese en forma provisoria la inscripción de los aspirantes que estuviesen sometidos a procesos sumariales, hasta que la resolución del caso sea definitiva. Si concluido el sumario, el concursante resultare pasible de las medidas disciplinarias previstas en el artículo 67°, en los incisos ch), d), e), f), y g) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60, se desestimará la participación en el presente concurso y su asunción en el cargo.-

ARTÍCULO 14º.- Establécese que los docentes que se encuentren sometidos a procesos sumariales con causas penales, específicamente por incurrir en delitos de índole sexual y vulnerar la protección y el bienestar físico y psicológico de los niños, niñas y adolescentes, quedan impedidos de participar en la presente convocatoria por el incumplimiento de los deberes inherentes al ejercicio del cargo docente, de conformidad con lo establecido en el marco normativo aplicable.-

ARTÍCULO 15º.- Dispónese que la Dirección de Educación Inicial deberá emitir el Acto Administrativo que disponga la Designación del/la Director/a y Vicedirector/a conforme a las facultades conferidas por el Decreto N° 74-E-15; y asimismo deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en Circular N° 02-SGE/19, para su correspondiente alta en el Área de Recursos Humanos.-

ARTÍCULO 16º.- Encomiendase al Equipo Técnico Pedagógico Ministerial de Concursos, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Inicial, a la Dirección de Educación Inicial, Supervisores de Nivel Inicial y a las Jefaturas Administrativas Regionales I, II, III, IV, V, VI y VII, la comunicación de la presente Resolución a todas las Instituciones Educativas.

ARTÍCULO 17º.- Regístrese y pase a conocimiento con copia certificada al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, pase a conocimiento del Equipo Técnico Pedagógico Ministerial de Concursos, Secretaria de Gestión Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Inicial, Dirección de Educación Inicial, Dirección Provincial de Administración y Área de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.-

 

  1. Sc. Ing Miriam Serrano

Ministra de Educación