BOLETIN OFICIAL Nº 125 – 08/11/2023

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA.- (Libro de Acordadas Nº 27, Fº 172/173, Nº 57). En la ciudad de Salvador de Jujuy, departamento doctor Manuel Belgrano, capital de la Provincia de Jujuy, a los seis días del mes de noviembre de dos mil veintitrés, los señores Jueces de la Suprema Corte de Justicia, Doctores Federico Francisco Otaola, Sergio Marcelo Jenefes, Laura Nilda Lamas González, José Manuel del Campo, María Silvia Bernal, Ekel Meyer, Mariano Gabriel Miranda, María Eugenia Nieva y Martín Francisco Llamas, bajo la presidencia del primero de los nombrados, y;

Consideraron:

Que, por Ley 6311 “Modificación de la Ley 1938- De la Magistratura del Trabajo” se creó la Cámara de Apelaciones del Trabajo integrada por dos salas, cada una de estas con dos Magistrados;

Que el art. 24º de la Ley Nº 6.311 prevé que la Cámara de Apelaciones del Trabajo se integrará con dos (02) Magistrados más antiguos.

Que mediante acordada registrada Nº 27; Fº 30; Nº 7 se habilitó para integrar la Cámara de Apelaciones del Trabajo a los Dres. Eladio Guesalaga y Ricardo Rubén Chazarreta.-

Que, corresponde designar a los restantes dos magistrados que integraran la Cámara de Apelaciones del Trabajo.-

Que conforme surge de los Legajos personales, los Magistrados con mayor antigüedad son los Dres. Alejandro Hugo Domínguez y Amalia Inés Montes; ello de conformidad con el acta de juramento de los mismos.-

Y, cabe resaltar, asimismo, que respecto de la antigüedad dentro del Poder Judicial la Dra. Montes tiene mayor antigüedad y, posteriormente el Dr. Domínguez.-

Con cualquiera de los criterios expuestos, les corresponde a ambos magistrados integrar la Cámara de Apelaciones del Trabajo.-

Por ello, en uso de las facultades emanadas del inc. 6) del art. 188 de la Constitución de la Provincia y art. 49 de la Ley Nº 4.055, Orgánica del Poder Judicial, encontrándose de licencia el Sr. Juez de la Suprema Corte de Justicia Dr. José Manuel del Campo, la Suprema Corte de Justicia,

Resuelve:

1º) Disponer que la Cámara de Apelaciones del Trabajo creada por ley 6311 estará integrada por los Dres. Ricardo Rubén Chazarreta, Eladio Guesalaga, Alejandro Hugo Domínguez y Amalia Inés Montes; los dos últimos asumirán una vez que se le conceda el Acuerdo a los Magistrados que cubrirán las vacantes previstas en el artículo 24º Ley Nº 6.311.-

2°) Registrar, agregar copia en autos, comunicar al Departamento de Sistemas y Tecnología de la Información y Mesa General de Entradas y Estadísticas, dar amplia difusión y publicar por un (1) día en el Boletín Oficial y en la Pagina web del Poder Judicial.-

 

Firmado: Doctores Federico Francisco Otaola, Sergio Marcelo Jenefes, Laura Nilda Lamas González, Ekel Meyer, Mariano Gabriel Miranda, María Eugenia Nieva y Martín Francisco Llamas. Se deja constancia que la Dra. María Silvia Bernal no firma la presente por encontrarse de licencia.- Secretaría 06 de noviembre de 2023.-

Ante mí: Dr. Ariel Omar Cuva- Secretario de Superintendencia.-

08 NOV. S/C.-