BOLETIN OFICIAL Nº 124 – 06/11/2023

RESOLUCION Nº 034-E/2023.-

EXPTE. Nº 1057-606-23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 SEP. 2023.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dejase sin efecto la autorización otorgada a favor de la Lic. Delia Alicia Zamora D.N.I. 16.591.561 dispuesta por Resolución Nº 4972-E-2023 a partir de la fecha de su renuncia, en virtud de lo dispuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Autorízase al Secretario de Gestión Educativa, Lic. Prof. Federico Ramón Medrano, D.N.I. N° 14.549.688, a la administración y ejecución de los fondos para la implementación del Programa N° 29 – Gestión Educativa y Calidad – EJERCICIO 2023, transferidos a la Provincia de Jujuy, durante el año 2023.

ARTÍCULO 3°.- Autorizase a la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de Educación a la liberación de fondos, por la suma de Pesos Setenta Millones Novecientos Noventa y Nueve Mil con 00/100 ctvos. ($70.999.000,00) y/o su ampliación, según Resolución N° 2023-11-SE#ME, que dispone que la Dirección Provincial de Administración restituirá y transferirá automáticamente los fondos destinados al Programa N° 29 – Gestión Educativa y Calidad, por los motivos expuestos en el exordio.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que lo dispuesto en el Artículo 2° de la presente Resolución será solventado con los fondos depositados y que se depositarán en la Cuenta Corriente N° 4882027839 del Banco de la Nación Argentina según Resolución N° 2023-26-APN-SE#ME y Anexo (IF-2023-09498486-APN-GG#EDUCAR).

ARTÍCULO 5°.- Establécese que los fondos transferidos serán destinados a hacer frente a las erogaciones que demanden las acciones previstas por el Programa N° 29 – Gestión Educativa y Calidad- de esta jurisdicción.-

ARTÍCULO 6°.- Dispónese que el responsable de la justificación de las erogaciones efectuadas en el marco de la ejecución del Programa N° 29 – Gestión Educativa y. Calidad, es el órgano ejecutor, Secretaria de Gestión Educativa.

ARTÍCULO 7°.- Dispónese que la rendición de cuentas de los fondos al Ministerio de Educación de la Nación a través del Sistema SITRARED, estará a cargo del Responsable de la Secretaria de Gestión Educativa, la que deberá efectuarse concluida la acción que motivó la liberación de fondos.

ARTÍCULO 8°.- Dispónese que la rendición de cuentas de los fondos al Tribunal de Cuentas de la Provincia estará a cargo del Área de Gestión Presupuestaria de la Dirección Provincial de Administración, como organismo administrador de la cuenta corriente por donde se pagan dichos gastos, la que deberá efectuarse concluida la acción que motivó la liberación de fondos.

ARTÍCULO 9°.- Procédase a notificar por Jefatura de Despacho, mediante copia certificada, los términos de la presente Resolución a la Secretaría de Gestión Educativa y a la Dirección Provincial de Administración.-

ARTÍCULO 10°.- Previa toma de conocimiento por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial y pase a Contaduría de la Provincia, Ministerio de Educación, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa y Dirección Provincial de Administración, para su conocimiento. Cumplido, archívese.-

 

  1. Sc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación