BOLETIN OFICIAL Nº 109 – 27/09/2023
RESOLUCION Nº 1069-ISPTyV/2023.-
EXPTE. Nº 600-140/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 SEP. 2023.-
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Instrúyase a la empresa concesionaria del servicio de energía eléctrica EJE S.A. para que, una vez presentada la rendición ante SUSEPU, deposite el 100% del remanente (descontados los importes correspondientes para afrontar los costos del Sistema Aislado Provincial aprobados por SUSEPU, y los valores resultantes del cumplimiento de lo normado por la Resolución N° 171-ISPTY V/2021, y Resolución N° 996-ISPTyV/2021) en un plazo de hasta 48 hs. de presentada la misma en la cuenta N°48820261/09 CBU 0110488620048820261096 perteneciente a éste Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-
ARTÍCULO 2º.- Una vez presentada la rendición ante la SUSEPU, ésta procederá a emitir el acto administrativo que ratifique, en caso de corresponder, la respectiva rendición dentro de un plazo máximo de treinta (30) días corridos.-
ARTÍCULO 3º.- Las eventuales diferencias entre el balance aprobado por SUSEPU y los valores resultantes de la rendición presentada por EJE S.A. deberán ser informadas a la Secretaría de Energía. En caso de existir diferencias, los valores respectivos deberán ser deducidos o en su caso acreditados en la rendición del periodo subsiguiente, conforme plazos y mecanismo establecido en el artículo 1°.-
ARTÍCULO 4º.- Previo registro dese al Boletín Oficial. Por Dirección General de Gestión Ministerial, remítase copia a la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones y a la empresa EJE S.A. cumplido que sea, siga a Secretaría de Energía a sus efectos.-
Esc. Mario Alejandro Pizarro
Secretario de Energía