BOLETIN OFICIAL Nº 106 – 20/09/2023

RESOLUCION Nº 158-MAyCC/2023.-

EXPTE. Nº 1100-105/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 SET. 2023.-

VISTO:

El Proyecto de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y Valoración Energética, el Contrato de Financiamiento entre el Banco Europeo de Inversiones y la Provincia de Jujuy aprobado por Decreto N° 7196-A-2018 y por Ley Provincial N° 0684, la No Objeción otorgada por el Banco Europeo de Inversión de los Pliegos Licitatorios de las presentes actuaciones y la Resolución N° 187/2017-MA, de creación de la Unidad de Implementación del Programa de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos y Valorización Energética de la provincia de Jujuy, y;

CONTRASTE

Que, por Decreto 8126-AyCC/2023 se autorizó al Ministerio de Ambiente a efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional para la “CONSTRUCCIÓN DE LA MINI ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA (M.E.T.) PERICO-PROYECTO GIRSU-BEI – Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy – Contrato de Financiamiento BEI FI N° 88098-Serapis N° 2017-0224”

Que, en virtud de la mentada autorización, y la documentación obrante en autos, el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático emite la Resolución Nº 052/MAуCC-23 por la cual se aprueban los Pliegos de Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas, Planilla Nomencladora, Cómputo, Presupuesto y demás documentación incorporada en el presente expediente, como así también conforma la Comisión de Evaluación del presente proceso;

Que se agregan las respectivas publicaciones e invitaciones;

Que la comisión de Evaluación emite su informe de competencia en el cual expresa que “El contratante comparo, conforme a lo establecido en la IAL 35, los costos evaluados de todas las Ofertas que se ajusten sustancialmente a los Documentos de Licitación, para determinar cuál es la Oferta con el costo evaluado más bajo. En tal sentido y luego de formuladas las Consultas que estimó corresponder, debidamente satisfechas por los oferentes, sin que surjan objeciones de índole jurídico, contable y técnicas, considera que la oferta seleccionada se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, atendiendo en el contendió de la propia Oferta, y conforme surge de la IAL 11 y concordantes de los DDL, seleccionando al Licitante que ha presentado la Oferta evaluada como la más baja y que cumple con los requisitos y con los criterios de evaluación que se especifican en la Sección III de la Solicitud de Ofertas, adecuada a los requisitos técnicos de la Sección VII de la Solicitud de Ofertas y cumple con los criterios de calificación en materia de experiencia general y específica, volumen promedio anual de facturación y capacidad financiera que detallan en la Sección III de la Solicitud de Oferta. Por lo expuesto la Comisión Evaluadora recomienda, en el marco de la Licitación Pública Nacional N° 1/2023, la adjudicación de la CONSTRUCCION MINI ESTACION DE TRASNFERENCIA (MET) PERICO a Empresa Constructora VEPEU S.R.L. conforme lo establecido en el apartado ANALISIS realizado precedentemente”;

Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos se expidió refiriendo que “…sin que existan observaciones al procedimiento, desde la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, considero que las presentes actuaciones se encuentran en condiciones de que se emita el correspondiente acto jurídico que adjudique la CONSTRUCCIÓN MINI ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA (MET) PERICO a Empresa Constructora VAPEU S.R.L. por tratarse de la oferta viable, razonable y conveniente, PREVIA INTERVENCIONDE Fiscalía de Estado para que emita dictamen de competencia… Tal es mi opinión y constituye dictamen jurídico”

Que, por su parte, Fiscalía de Estado expresa “En relación al procedimiento de contratación que se impulsa en estos obrados, debemos destacar que el mismo constituye una modalidad especial de selección de oferentes, en el marco del Contrato de Financiación suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y el Banco Europeo de Inversión… Habiendo analizado los antecedentes administrativos del presente procedimiento licitatorio, se arriba a la conclusión que después de la intervención de Fiscalía de Estado, quien efectuó el control legal de la documentación a través del dictamen que rola a fs. 568/569 y 569 vta. no se advierten situaciones de hecho, que nos conlleve a formular objeciones… En efecto, los principios de publicidad y concurrencia se encuentran cumplimentados en autos, a través de las publicaciones de edictos en el Boletín Oficial (FS. 568/593) Y LA PUBLICIDAD ADICIONAL EN LAS REDES SOCIALES (Facebook, Twiter, Instagram; las Circulares 1ª 4 y las notas cursadas a la Cámara Argentina de la Construcción y Cámara Jujeña de Construcción (fs. 2107/2172). Como resultado de este control de legalidad, Fiscalía de Estado considera que están cumplimentados los requisitos formales exigidos por la legislación vigente en la materia y enunciadas en el presente dictamen, por lo que se aconseja- en concordancia con las opiniones que nos preceden la adjudicación de la obra denominada Construcción mini estación de trasferencia perico – Proyecto GIRSU-BEI, a la empresa VAPEU SRL en base a su oferta económica de $1.042.595.206,58.”

Que, mediante Resolución N° 123-MAуCC/23, y de conformidad a las actuaciones obrantes en el expediente de marras, se procede a la ADJUDICAR la obra “Construcción de la Mini Estación de Transferencia (M.E.T.) Perico” a la Empresa “VAPEU S.R.L.” CUIT N° 30-64182999-0 por un monto total de Pesos Un Mil Cuarenta Y Dos Millones Quinientos Noventa Y Cinco Mil Doscientos Seis Con Cincuenta Y Ocho Centavos ($1.042.595.206,58);

Que, habiendo restado la determinación de las partidas presupuestarias con las cuales se hará frente a la erogación que demande la obra adjudicada, se procedió al agregado, por parte de la Responsable Financiera de la Unidad de Implementación del Programa de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos y Valorización Energética, del correspondiente informe;

Por ello, en uso de facultades que le son propias;

LA MINISTRA DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMATICO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- DETERMÍNESE que la erogación que demande la obra “CONSTRUCCIÓN DE LA MINI ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA (M.E.T.) PERICO” adjudicada a la Empresa “VAPEU S.R.L.” CUIT N° 30-64182999-0 por un monto total de Pesos Un Mil Cuarenta Y Dos Millones Quinientos Noventa Y Cinco Mil Doscientos Seis Con Cincuenta Y Ocho Centavos ($1.042.595.206,58), se atenderá con las partidas presupuestarias que a renglón seguido se detallen, de conformidad a las manifestaciones del exordio y la documentación obrante en auto.

 

EJERCICIO 2023-LEY N° 6325

JURISDICCION:     “W”         MINISTERIO DE AMBIENTE

U.DE O.:                 “W1”        MINISTERIO DE AMBIENTE

FINALIDAD:          “3”           SALUD

FUNCIÓN:              “2”           SANEAMIENTO AMBIENTAL

2.5.8.8.199.6. “INFRAESTRUCTURA MET PERICO-APORTE BEI

2.5.8.8.199.7. “INFRAESTRUCTURA MET PERICO-APORTE BEI- LAIF

2.5.8.1.1.770. “INFRAESTRUCTURA MET PERICO – APORTE PCIA

 

ARTÍCULO 2º.- FIRMADO, regístrese. Remítanse, previamente, las actuaciones a Fiscalía de Estado para su intervención de competencia. Cumplido, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial por una vez, en la página web del Gobierno a través de la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto de Jujuy, en la página web del Ministerio de Ambiente y en el sitio de internet del Banco -Diario Oficial de la Unión Europea – DOUE, en caso de resultar necesario de acuerdo al pliego licitatorio. Notifíquese a los interesados. Archívese.-

 

C.Soc. María Inés Zigaran

Ministra de Ambiente y Cambio Climático