BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 09/10/15
EXPTE. Nº 714-1141/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 OCT. 2015.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional-Ley Nº 4413/1988 para el HOSPITAL “Dn. PABLO SORIA” de la Localidad de San Salvador de Jujuy, mediante llamado a Concurso Extraordinario de Antecedentes y Oposición; y
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 1 obra autorización de las autoridades del Nosocomio;
Que, la Subdirección de Recursos Humanos acredita la disponibilidad del cargo a cubrir a fojas 12 y 13;
Que, a los fines de la cobertura del mencionado cargo, resulta procedente el llamado a concurso de Antecedentes y Oposición de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 4135/1984, normativa aplicable en forma supletoria al presente tramite por carecer la ley 4413/1988 de disposiciones correspondientes al caso particular que nos ocupa;
Por ello;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE REGULACION SANITARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-Llamar a CONCURSO EXTRAORDINARIO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN-CLASE ABIERTO de acuerdo a las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 4135/84 y sus modificatorias, para la cobertura del siguiente cargo: HOSPITAL “Dn. PABLO SORIA” SAN SALVADOR DE JUJUY.-CANTIDAD DE CARGOS: UNO (1)-LICENCIADOS EN KINESIOLOGIA y FISIOTERAPIA; CATEGORIA: A-1-AGRUPAMIENTO PROFESIONAL-LEY Nº 4413
ARTICULO 2º.-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos: 1.-Título Profesional, expedido por la Universidad competente.-2.-Fotocopia del Certificado Analítico-Cinco (5) Años de Estudios.-3.-Constancia de Matricula expedida por el Colegio de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de Jujuy.-4.-Planilla Prontuarial, validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión.-5.-Fotocopia del D.N.I.-6.-Examen Psicofísico (Validez seis (6) meses, desde la fecha de su emisión).-7.-Constancia de C.U.I.L.-8.-Presentar Nota de la Dirección Provincial de Personal en la cual deberá constar que el profesional no se encuentra con Sumario Administrativo en trámite, salvo que hayan sido sobreseído en el mismo.-9.-ACREDITAR: en sus antecedentes profesionales, las siguientes condiciones en orden decrecientes: a) Posgrado con práctica y evaluación final aprobada en UTI de adultos. Se computará para acreditar el presente requisito los certificados obtenidos en los últimos cinco (5) años desde la fecha de ejecución del concurso (requisito excluyente).-b) Acreditar concurrencia debidamente autorizada por órgano competente en Instituciones Públicas de Alta Complejidad por un periodo mayor a un (1) año que certifique formación en UTI de Adultos, con conocimiento y práctica de manejo de equipos de respiración mecánica. Se computara para acreditar el siguiente requisito: los certificados obtenidos en los últimos cinco (5) años desde la fecha de ejecución del concurso. (Requisito excluyente subsidiario).-c) Acreditar antecedentes laborales en Instituciones Públicas de Alta Complejidad por un periodo mayor de un (1) año, con funciones en el Servicio de UTI de Adultos, con conocimiento y práctica de manejo de equipos de respiración mecánica. Se computara para acreditar el presente requisito los certificados obtenidos en los últimos dos (2) años desde la fecha de ejecución del concurso (requisito subsidiario).-10.-Tener disponibilidad horaria para desempeñarse en horarios matutino o vespertino, según organización de la Unidad de Kinesiología y Fisioterapia.-11.-Curriculum Vitae con la Documentación Personal y de Capacitación acreditantes. Toda la documentación requerida, en caso de ser copia, deberá ser certificada por Escribano Público o Personal Autorizado de la Dirección Provincial de Regulación Sanitaria, debidamente foliada, dejándose establecido que toda certificación de cursos deberá contar con las firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y Organismos oficiales o, en su caso, con la correspondiente personería jurídica de la Institución para ser consideradas al momento de otorgar el puntaje de las mismas. La documentación deberá estar incluida en una carpeta, respetando el orden de los requisitos en el momento de la presentación.
ARTÍCULO 3º.-No podrán participar del presente concurso: 1.-Los profesionales que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-2.-Los profesionales que hubieran sido designados en cargos de Planta Permanente en alguna de las Unidades de Organización, salvo que hubieran transcurrido cinco (5) años desde la fecha de su designación hasta la fecha de la Resolución del llamado a concurso. Las restricciones precedentes no serán aplicables a los profesionales con designaciones interinas y contratos.
ARTÍCULO 4º.-El Tribunal estará constituido: 1.-EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD: TITULAR: Lic. Klga. LILIAN CARMEN CABEZAS; SUPLENTE: Lic. Klgo. LUIS ARMONIA.-2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “Dn. PABLO SORIA”: TITULAR: LIC. EMILCE VANESA VARGAS; SUPLENTE: LIC. PATRICIA ALEJANDRA PATIÑO.-3.-EN REPRESENTACIÓN DEL COLEGIO DE KINESIOLOGOS Y FISIOTERAPEUTAS DE JUJUY: TITULAR: Lic. Klga. SILVIA CAROLINA CARUSO; SUPLENTE: Lic. Klgo. EDUARDO HORARIO ALVARADO.-4.-VEEDOR EN REPRESENTACION DE LA ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA-APUAP: A confirmar.
ARTICULO 5º.-Se establece el siguiente cronograma: *Apertura de Inscripción: 05 de OCTUBRE de 2.015. *Cierre de Inscripciones: 04 de NOVIEMBRE de 2.015. *Ejecución del concurso: 05 de NOVIEMBRE de 2.015.
ARTICULO 6º.-Los antecedentes deberán ser presentados en el Área Administrativa de la Dirección Provincial de Regulación Sanitaria-Planta Alta del Ministerio de Salud, en el horario de 08,00 a 13,00 Horas, conforme el Cronograma mencionado en el artículo anterior, resultando competente dicha Dirección para notificar, de manera fehaciente, a cada uno de los postulantes del orden de mérito resultante del concurso, el que será publicado diez días después de la fecha establecida para el inicio de evaluación de antecedentes y por el termino de cinco días, momento a partir del cual comenzara a correr todo plazo recursivo.
ARTICULO 7º.-La modalidad del concurso será por antecedentes, debiendo pasarse; en el supuesto de que la diferencia de puntaje entre los primeros en orden de mérito, fuese menor al 25%, a la instancia de oposición entre los mismos. Esta segunda instancia otorgara un puntaje máximo del 50% del mayor puntaje obtenido, el que se sumara al logrado por los antecedentes.
ARTÍCULO 8º.-El/la que obtenga el 1º lugar en el Orden de Mérito, deberá desempeñar funciones: *En el Hospital “Dn. Pablo Soria” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo. *Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa. *Asignadas por los jefes superior inmediato y horarios reglamentarios que fueran necesarios para el mejor funcionamiento de los mismos. *De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.
ARTÍCULO 9º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a las Secretarias de Coordinación de Atención de la Salud, Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarias, a la Dirección Provincial de Hospitales, Hospital “Dn. Pablo Soria”, Colegio de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de Jujuy, Asociación de Profesionales Universitarios de la Administración Publica-APUAP, Lic. Klga. Cabeza del Hospital “San Roque” y Lic. Klgo. Armonía del Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”. Cumplido, archívese.-
A/C. Dr. Federico Velo
Director Provincial de Regulación Sanitaria