BOLETÍN OFICIAL Nº 115 – 14/10/15

Icon_PDF_6RESOLUCION Nº 129-DPRS.-

EXPTE. Nº 726-0192/2015.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 OCT. 2015.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional-Ley Nº 4413/1988 para el HOSPITAL “DR. SALVADOR MAZZA” de la Localidad de Tilcara, mediante llamado a Concurso Extraordinario de Antecedentes y Oposición; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 1 obra autorización de las autoridades del Nosocomio;

Que, la Subdirección de Recursos Humanos acredita la disponibilidad del cargo a cubrir a fojas 9 y 10;

Que, a los fines de la cobertura del mencionado cargo, resulta procedente el llamado a concurso de Antecedentes  y Oposición de conformidad a lo establecido por  la Ley Nº 4135/1984, normativa aplicable en forma supletoria al presente tramite por carecer la ley 4413/1988 de disposiciones correspondientes al caso particular que nos ocupa;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE REGULACIÓN SANITARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Llamar a CONCURSO EXTRAORDINARIO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN-CLASE ABIERTO de acuerdo a las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 4135/84 y sus modificatorias, para la cobertura del siguiente cargo: AREA PROGRAMATICA Nº XVIII-HOSPITAL “DR. SALVADOR MAZZA” DE LA LOCALIDAD DE TILCARA.-CANTIDAD DE CARGOS: UNO (1)-LICENCIADOS EN KINESIOLOGIA y FISIOTERAPIA; CATEGORIA: A-1-AGRUPAMIENTO PROFESIONAL-LEY Nº 4413.

ARTICULO 2º.-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos: 1.-Título Profesional, expedido por la Universidad competente.-2.-Fotocopia del Certificado Analítico-Cinco (5) Años de Estudios.-3.-Constancia de Matricula expedida por el Colegio de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de Jujuy.-4.-Planilla Prontuarial, validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión.-5.-Fotocopia del D.N.I.-6.-Examen Psicofísico (Validez seis (6) meses, desde la fecha de su emisión).-7.-Constancia de C.U.I.L.-8.-Presentar Nota de la Dirección Provincial de Personal en la cual deberá constar que el profesional no se encuentra con Sumario Administrativo en trámite, salvo que hayan sido sobreseído en el mismo.-9.-Curriculum Vitae con la Documentación Personal y de Capacitación acreditantes. Toda la documentación requerida, en caso de ser copia, deberá ser certificadas por Escribano Público o Personal Autorizado de la Dirección Provincial de Regulación Sanitaria, debidamente foliada, dejándose establecido que toda certificación de cursos deberá contar con las firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y Organismos oficiales o, en su caso, con la correspondiente personería jurídica de la Institución para ser consideradas al momento de otorgar el puntaje de las mismas. La documentación deberá estar incluida en una carpeta, respetando el orden de los requisitos en el momento de la presentación.

ARTÍCULO 3º.-No podrán participar del presente concurso: *Los profesionales que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio. *Los profesionales que hubieran sido designados en cargos de Planta Permanente en alguna de las Unidades de Organización, salvo que hubieran transcurrido cinco (5) años desde la fecha de su designación hasta la fecha de la Resolución del llamado a concurso. *Las restricciones precedentes no serán aplicables a los profesionales con designaciones interinas y contratos.

ARTÍCULO 4º.-El Tribunal estará constituido: 1.-EN REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD: TITULAR: Lic. Klga. LILIAN CARMEN CABEZAS; SUPLENTE: Lic. Klgo. LUIS ARMONIA.-2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “DR. SALVADOR MAZZA”: TITULAR: DRA. MIRIAM ROSANA HEREÑU; SUPLENTE: DRA. CARMEN E. LAVADENZ.-3.-EN REPRESENTACIÓN DEL COLEGIO DE KINESIOLOGOS Y FISIOTERAPEUTAS DE JUJUY: TITULAR: Lic. Klga. SILVIA CAROLINA CARUSO; SUPLENTE: Lic. Klgo. EDUARDO HORARIO ALVARADO.-4.-VEEDOR EN REPRESENTACION DE LA ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA-APUAP: A confirmar.

ARTICULO 5º.-Se establece el siguiente cronograma: *Apertura de Inscripción: 05 de OCTUBRE de 2.015. *Cierre de Inscripciones: 04 de NOVIEMBRE de 2.015. *Ejecución del concurso: 05 de NOVIEMBRE de 2.015.

ARTICULO 6º.-Los antecedentes deberán ser presentados en el Área Administrativa de la Dirección Provincial de Regulación Sanitaria-Planta Alta del Ministerio de Salud, en el horario de 08,00 a 13,00 Horas, conforme el Cronograma mencionado en el artículo anterior, resultando competente dicha Dirección para notificar, de manera fehaciente, a cada uno de los postulantes del orden de mérito resultante del concurso, el que será publicado diez días después de la fecha establecida para el inicio de evaluación de antecedentes y por el termino de cinco días, momento a partir del cual comenzara a correr todo plazo recursivo.

ARTICULO 7º.-La modalidad del concurso será por antecedentes, debiendo pasarse; en el supuesto de que la diferencia de puntaje entre los primeros en orden de mérito, fuese  menor al 25%, a la instancia de oposición entre los mismos. Esta segunda instancia otorgara un puntaje máximo del 50% del mayor puntaje obtenido, el que se sumara al logrado por  los antecedentes.

ARTÍCULO 8º.-El/la que obtenga el 1º lugar en el Orden de Mérito, deberá desempeñar funciones: *En el Área Programática Nº XVIII-Hospital “Dr. Salvador Mazza” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo. *Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa. *Asignadas por los jefes superior inmediato y horarios reglamentarios que fueran necesarios para el mejor funcionamiento de los mismos. *De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.

ARTICULO 9º.-Los profesionales que acrediten, al momento de la presentación de antecedentes, mediante certificado de Residencia y Convivencia expedido por la Policía de la Provincia, domicilio en la Localidad para la cual se pretende la cobertura del cargo, obtendrá un 10% extra del puntaje obtenido en la evaluación de antecedentes, el que se sumaran al puntaje que obtenga dicho participante.

ARTÍCULO 10º.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución  a las Secretarias de Coordinación de Atención de la Salud, Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarias, a la Dirección Provincial de Hospitales, Hospital “Dr. Salvador Mazza”, Colegio de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de Jujuy, Asociación de Profesionales Universitarios de la Administración Publica-APUAP, Lic. Klga. Cabeza del Hospital “San Roque” y Lic. Klgo. Armonía del Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”. Cumplido, archívese.-

 

A/C. Dr. Federico Velo

Director Provincial de Regulación Sanitaria