BOLETIN OFICIAL Nº 100 – 06/09/2023

RESOLUCION Nº 6304-E/2023.-

EXPTE. Nº 1090-1132-22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 JUL. 2023.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ACTIVIDAD FÍSICA Y FITNESS” en el Instituto de Educación Superior Nuevo Horizonte, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el número de CUE 3800937-00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Autorízase la implementación por la cohorte 2023, período escolar comúninicio marzo, del Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ACTIVIDAD FÍSICA Y FITNESS” en el Instituto de Educación Superior Nuevo Horizonte, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, conforme al Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que el Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, aplique la Estructura Curricular mencionada para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Actividad Física y Fitness”, por la cohorte 2023, de la carrera “Tecnicatura Superior en Actividad Física y Fitness”, del Instituto de Educación Superior Nuevo Horizonte, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTÍCULO 4º.- Establécese que el Instituto de Educación Superior Nuevo Horizonte, con sede en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal, de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-

ARTÍCULO 5º.- Dispónese que la Institución deberá mejorar y/o modificar su pasivo corriente a partir de la solicitud de cohortes posteriores a las del ciclo lectivo 2023, bajo apercibimiento de ser valorado de forma negativa al momento de evaluar la solicitud de renovación y/o aprobación de ofertas educativas.-

ARTÍCULO 6°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 7º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Educación Privada, Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudio y Equivalencias, Comisión de Estudio de Títulos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación