BOLETIN OFICIAL Nº 89 – 09/08/2023

RESOLUCION Nº 6179-E/2023.-

EXPTE. Nº 1090-963-22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUL. 2023.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN CULTURA QUECHUA Y REVITALIZACIÓN LINGÜÍSTICA” del Instituto de Educación Superior Intercultural “Campinta Guazú Gloria Pérez”, ubicado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el número de CUE 3800902-00, que se incorpora como Anexo Único del Presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Autorízase la implementación por la cohorte 2023, período escolar común-inicio Marzo, del Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN CULTURA QUECHUA Y REVITALIZACIÓN LINGÜÍSTICA” del Instituto de Educación Superior Intercultural “Campinta Guazú Gloria Pérez”, ubicado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, conforme al Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que el Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, aplique la Estructura Curricular que forma parte del Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo, para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Cultura Quechua y Revitalización Lingüística”, por la cohorte 2023 inicio marzo, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN CULTURA QUECHUA Y REVITALIZACIÓN LINGÜÍSTICA”, del Instituto de Educación Superior Intercultural “Campinta Guazú Gloria Pérez”, ubicado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTÍCULO 4º.– Establécese que el Instituto de Educación Superior Intercultural “Campinta Guazu Gloria Pérez”, ubicado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal, de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.

ARTÍCULO 5º.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Educación Privada, Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudio y Equivalencias, Comisión de Estudio de Títulos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación