BOLETIN OFICIAL Nº 87 – 04/08/2023

MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACION
RESOLUCION Nº 2874-MPA/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 JUL. 2023.-
VISTO:

El expediente N° 930-59/23.-

CONSIDERANDO:

Que, a través del mencionado expediente se dio inicio al procedimiento de contratación para la adquisición de la licencia de software que utiliza el Departamento de Informática Forense perteneciente al Organismo de Investigación de este Ministerio para el desbloqueo de dispositivos móviles.

Que, en ese sentido cabe mencionar, a pesar de los esfuerzos realizados por los peritos en la materia, en numerosas investigaciones importantes, no se ha podido realizar extracción y análisis de datos de determinados dispositivos móviles, en su mayoría teléfonos celulares, en razón de haberse encontrado cifrados con patron o pin alfanumerico de bloqueo.

Que, esto no solo se presenta en las investigaciones de aquellos delitos en los cuales estos dispositivos son la principal herramienta (por ejemplo: distribución de pornografía infantil, estafas telefónicas, etc.) sino que también al momento de investigar los complejos entramados de las diversas formas organizadas de criminalidad. No es un detalle menor que en casi todas las causas relacionadas con la narcocriminalidad que se investigan, se secuestran teléfonos celulares de los cuales se pueden obtener contactos que, pueden dar lugar a investigaciones de asociaciones ilícitas estableciendo cada uno de los eslabones de la cadena de venta y distribución de estupefacientes.

Que, al respecto el encargado de Informática Forense manifiesta que la licencia de software para el desbloqueo de celulares es comercializada por la firma IAFIS ARGENTINA S.A.

Que, a fs. 16/19 obra informe presentado por el Secretario General (habilitado), el encargado del Departamento de Informática Forense y el Agente Fiscal de Política Criminal, donde expresan con fundamentos técnicos y estadísticas surgidas de investigaciones realizadas, la imprescindible necesidad de contar con el software de avanzada solicitado, explicitando las mejoras en eficiencia, eficacia y celeridad que proporcionará a las investigaciones que lleva adelante este Ministerio, posibilitando mejorar la calidad del servicio de justicia.

Que, a fs. 20/22 la Administradora General manifiesta que, en mérito a la especificidad de la licencia a adquirir, la misma no se ofrece en el mercado local de forma directa a consumidores o público en general, sino que dicho software está desarrollado y destinado a quienes se dedican a la investigación criminal; consecuentemente como lo manifiesta el área técnica pertinente, el proveedor sugerido es el único que comercializa en la Argentina el software a contratar, de lo que se colige que se da el supuesto de excepción previsto en la normativa vigente.

Que, a fs. 25 se adjunta informe de imputación presupuestaria de la partida 7.1.1.0 “Bienes de Capital”; informando además que se cuenta con crédito presupuestario en la mencionada partida para hacer frente a la erogación que demanda la inversión, en virtud del refuerzo presupuestario solicitado, tramitado en expediente Nº 930-57/.2023 , cuya copia se adjunta a fs.  3/19.

Que, la contratación se encuadraría dentro de la licitación pública, según los topes establecidos en el Decreto N° 7739HF/2.023. No obstante ello, en el caso que nos ocupa, se invoca la concurrencia de una de las causales de excepción del procedimiento de contratación señalado en el párrafo anterior, para dar lugar al procedimiento de contratación directa, por cuanto se dan los supuestos habilitantes previstos en el inc. 3 apartado g) del Art. 54 “la adquisición de bienes cuya fabricación o venta sea

exclusiva de quienes tengan privilegio para ello o que sólo posea una determinada persona o entidad, siempre y cuando no hubieran sustitutos convenientes”.

Que, a fs. 26/27 consta informe de situación del gasto, emitido del SIAF (Sistema Integrado de Administración Financiera), donde surge  que con fecha 26 de julio de 2023 se otorgó refuerzo presupuestario por $ 89.041.730,00 (Pesos Ochenta y nueve millones cuarenta y un mil setecientos treinta con 00/100) para el  ejercicio 2023; PARTIDA 7.1.1.0.2.5 Bienes de Capital; ESCALAFÓN 0 – sin escalafón; F. FINANCIAMIENTO 1 Rentas Generales; FINALIDAD 1  Administración General; FUNCIÓN 4 Justicia.

Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 17° y cc. de la Ley Provincial Nº 5.895, y sus modificatorias;

EL FISCAL GENERAL DE  LA ACUSACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1°: Adjudicar la contratación directa a la firma IAFIS ARGENTINA S.A. CUIT N° 30-70779324-0 para la adquisición de una (01) licencia de software “Premium SaaS Unlimited, por 12 meses. El servicio desbloqueos ilimitados por año y un adaptador”.

Monto adjudicado: $ 89.041.726,04 (Pesos Ochenta y nueve millones cuarenta y un mil setecientos veintiséis con 04/100).

Artículo 2°: Ordenar la emisión de la correspondiente Orden de Compra y libramiento de pago a favor de la firma IAFIS ARGENTINA S.A. CUIT N° 30-70779324-0 por el importe consignado en el artículo anterior.

Artículo 3°: Disponer que, previo a la emisión de la Orden de Compra, se remitan las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Jujuy para la correspondiente intervención preventiva.

Artículo 4º: Disponer que la erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° será imputada a la partida presupuestaria 7.1.1.0 “Bienes de Capital”, del presupuesto vigente.

Artículo 5°: Ordenar a la Administración General que publique íntegramente la presente en el Boletín Oficial de la Provincia.

Artículo 6°: Regístrese y notifíquese.-

 

Sergio Enrique Lello Sánchez

Fiscal General