BOLETIN OFICIAL Nº 66 – 14/06/2023

RESOLUCION Nº 4804-E/2023.-

EXPTE. Nº 1090-1281-22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 ABR. 2023.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN RÉGIMEN ADUANERO Y COMERCIO EXTERIOR” del Instituto Superior de Capacitación Aduanera Jujuy “Dr. Guillermo E. Snopek”, con sede en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800791-00, que se incorpora como Anexo Único del Presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Autorizase al Instituto Superior de Capacitación Aduanera Jujuy “Dr. Guillermo E. Snopek, con sede en la ciudad de San Salvador de Jujuy, la implementación del Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN RÉGIMEN ADUANERO Y COMERCIO EXTERIOR”, por la cohorte 2023, conforme al Diseño Curricular aprobado por el Articulo 1° del presente Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que el Departamento Registro de Titulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, aplique para la legalización de los titulos de los egresados/as como “Técnico/a Superior en Régimen Aduanero y Comercio Exterior”, por la cohorte 2023, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN RÉGIMEN ADUANERO Y COMERCIO EXTERIOR”, del “Instituto Superior de Capacitación Aduanera Jujuy “Dr. Guillermo E. Snopek, la Estructura Curricular que forma parte del Diseño Curricular aprobado por el Articulo 1° del presente Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 4º.- Establécese que el Instituto Superior de Capacitación Aduanera Jujuy “Dr. Guillermo E. Snopek” con sede en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal, de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la incorporación a la Enseñanza Oficial, al inicio del ciclo lectivo 2023.-

ARTÍCULO 5°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 6º.- Previa toma de razón por Fiscalía del Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Educación Privada, Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudio y Equivalencias, Comisión de Estudio de Títulos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación