BOLETIN OFICIAL Nº 63- 07/06/2023

DECRETO Nº 8339-AyCC/2023.-

EXPTE. N° 1100-159/2023.-                             

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 MAY. 2023.-

VISTO:

La solicitud de autorización al llamado a Licitación Publica Nacional destinada a la “Construcción de la Mini Estación de Transferencia (MET) de Caimancito – Proyecto GIRSU – BEI” – Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy – Contrato de Financiamiento del BEI FI Nº 88098 SERAPIS Nº 2017-0224; y,

CONSIDERANDO:

Que, el referido Contrato se encuentra aprobado mediante Decreto Nº 7196-A-2018;

Que la documentación obrante cumple con los recaudos legales previstos en la Guía de Contrataciones Públicas para Proyectos Financiados por el Banco Europeo de Inversiones (B.E.I.).

Que, obra informe de gestión de creación de partida presupuestaria efectuada por la Responsable Financiera UIP GIRSU BEI mediante Expediente Nº EX -2023-00006835-JUJ-SGD#MA W1.

Que, el Banco Europeo de Inversiones (B.E.I.) no formula objeción al llamado a licitación pública nacional.

Que se agrega dictamen legal debidamente compartido por el Señor Coordinador del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado, aconsejando gestionar ante el Poder Ejecutivo la correspondiente autorización para el presente llamado a licitación nacional, recomendando que previo a la adjudicación se cuente con la finalización del proceso de creación de partida presupuestaria.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático a efectuar el llamado a Licitación Publica Nacional para la “Construcción de la Mini Estación de Transferencia (M.E.T.) CAIMANCITO- Proyecto GIRSU – BEI – Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (R.S.U.) de la Provincia de Jujuy – Contrato de Financiamiento del BEI FI Nº 88098 Serapis Nº 2017-0224”, quedando facultado para aprobar, adjudicar y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones del Decreto Acuerdo Nº 3719-H-1978, Decreto Acuerdo Nº 7739-HF-23, Ley 4785, Ley 4985 de Administración Financiera y Control para la Provincia de Jujuy, y rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 2º.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas para realizar la creación, modificación presupuestarias necesarias para afrontar las erogaciones que importa el presente decreto. –

ARTÍCULO 3º.-.El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Ambiente y Cambio Climático y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático a sus efectos. –

 

GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR