BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 02/06/23

RESOLUCION Nº 5495-E/2023.-

EXPTE. Nº 1090-1236-22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAYO 2023.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CON ORIENTACIÓN AL DESARROLLO LOCAL” en el Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio In.Te.La.”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800042-00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Autorízase la implementación por la cohorte 2023, período escolar común inicio Marzo, del Diseño Curricular de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CON ORIENTACIÓN AL DESARROLLO LOCAL”, en el Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio In.Te.La.”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, conforme al Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que el Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, aplique la Estructura Curricular que forma parte del Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo, para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Administración Pública con orientación al Desarrollo Local”, por la cohorte 2023, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CON ORIENTACIÓN AL DESARROLLO LOCAL”, del Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio In.Te.La”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTÍCULO 4º.- Establécese que el Instituto de Educación Superior N° 7 “Populorum Progressio In.Te.La, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal, de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la incorporación a la Enseñanza Oficial, al inicio del ciclo lectivo 2023.-

ARTÍCULO 5º.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 6º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, Dirección de Educación Privada, Departamento de Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudio y Equivalencias, Comisión de Estudios de Títulos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación