BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 08/05/23

RESOLUCION Nº 4453-E/2023.-

EXPTE. Nº 1062-356-22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAR. 2023.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicase, en el Llamado a Licitación Pública Nacional N° 21/2022 – SIE- PROMACE-CAF: RENGLÓN N° 1: ESCUELA SECUNDARIA RURAL MEDIADA POR TIC N° 4 de la Localidad LEON, Departamento DR. MANUEL BELGRANO Y JARDÍN MATERNAL de la Localidad PERICO, Departamento EL CARMEN, al oferente EMPRESA BELLOMO S.R.L. por la suma de PESOS CIENTO DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA con 44/100. ($ 119.759.290,44), RENGLÓN N° 2: ESCUELA PRIMARIA A CREAR de la Localidad PAMPA BLANCA, Departamento EL CARMEN, al oferente EMPRESA EL TRÉBOL S.R.L. por la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS CON 61/100 ($ 371.999.152,61), y el RENGLÓN N° 3: ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL N° 9 “GREGORIA MATORRAS” de la Localidad LA MENDIETA, Departamento SAN PEDRO, al oferente EMPRESA ING. MARCELO HORACIO ZARIF por la suma de PESOS DOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 83/100 ($ 284.362.564,83), en virtud de las consideraciones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Declárase fracasado el RENGLÓN N° 4 de la Licitación Pública Nacional N° 21/2022-SIE-PROMACE-CAF.

ARTICULO 3°.- Los fondos para afrontar la erogación de la Licitación autorizada por el Artículo 1° de la presente Resolución se atenderán con la Partida Presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Presente Ejercicio Financiero.

 

U.de O.                    F10          SECRETARIA DE INFRAESTUCTURA EDUCATIVA-PROMACE

F10A       DIRECCIÓN DE PROYECTOS PROMACE

Finalidad                 5              CULTURA Y EDUCACIÓN

Funcición                 5              CULTURA Y EDUCACIÓN SIN DISCRIMINAR

Partida              8-8-213-1-2-5   Obras Varias-PROMACE – CAF

Partida              8-1-1-639-2-5   Obras Varias- Ap. Provincia – PROMACE – CAF

 

ARTÍCULO 4º.- Con intervención de la Secretaría de Infraestructura Educativa – PROMACE notifiquese a los oferentes, vía correo electrónico la parte dispositiva de la presente sin perjuicio de la comunicación en soporte papel.-

ARTÍCULO 5°.- Autorizase a la Secretaria de Infraestructura Educativa – PROMACE a iniciar el procedimiento de contratación correspondiente por el Reglón N° 4 declarado fracasado.-

ARTICULO 6º.- Regístrese Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas de la Provincia, Publiquese sintéticamente en el Boletin Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación