BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 20/03/23

RESOLUCION GENERAL Nº 1644-DPR/2023.-

San Salvador de Jujuy, 17 de Marzo de 2.023.-

VISTO:

Las disposiciones del Código Fiscal, Ley 5.791/2013 t.o. 2.022 y la Resolución

General Nº 1.635/2.022 y sus modificatorias; y ;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución General citada en el visto, se estableció el calendario impositivo para el año 2.023, el cual tiene la finalidad de ordenar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a través del establecimiento de fechas de vencimiento para los Contribuyentes y Responsables administrados por la Dirección.

Que, en fecha 14 de abril se tomó conocimiento de la Disposición de Presidencia 4/2.023 emitida por el presidente de la Comisión Arbitral a partir del cual se considera en termino el pago correspondiente al anticipo de febrero 2023, hasta el día 14 de Marzo, por los Agentes incluidos en SIRCAR de Convenio Multilateral con vencimiento los días 8 y 9 de marzo.

Que, el motivo de la disposición es que se han verificado inconvenientes técnicos en los sistemas de pagos electrónicos del sistema “SIRCAR”, los días miércoles 8 y jueves 9 de marzo de 2023, días en que ocurrió el vencimiento del período febrero/2023 – mensual y 2° quincena-, por lo que algunos agentes se han visto impedidos de pagar en tiempo y forma sus obligaciones tributarias.

Que, por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 10 del Código Fiscal Ley 5.791 y sus modificatorias;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE

ARTICULO 1º.- Téngase por realizada en término hasta el día 14 de Marzo, el pago correspondiente al mes de Febrero del 2.023 para los Responsables como Agentes de Recaudación SIRCAR de Convenio Multilateral con vencimiento en los días 8 y 9 de marzo del 2.023.-

ARTICULO 2º.- De forma. Comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, la Secretaría de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas, Contaduría General. Municipios y Comisiones Municipales de la Provincia. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Divisiones, Delegaciones, Secciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, Archívese.-

 

Analía Correa

Directora