BOLETÍN OFICIAL Nº 19 – 13/02/23

RESOLUCION Nº 033- DPRH/2023.-

Expediente Nº 613-19/23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 ENE. 2023.-

VISTO:  El Expediente Nº 613-19-2023,  Empresa MOM MINING S.R.L., solicita Autorización para Uso de Agua en Arroyo de La Quebrada de Ajedrez – Proyecto Minero La Auxiliadora – Dpto. Rinconada – Jujuy.

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 1 corre pedido de solicitud de autorización para trabajos para el desarrollo del Proyecto Minero “LA AUXILIADORA”, ubicada en el Departamento Rinconada de la provincia de Jujuy.

Que, a fs. 2 presenta detalles de ubicación geográfica de la toma de agua, coordenadas geográficas (S: 22º 393.697) y (O: 66º 20.953)

Que a fs. 8 se menciona fuente de extracción  y volumen de agua la cual es de carácter superficial y/o del subálveo del Rio Ajedrez, de 58,8 m3/día de lunes a viernes (20 días al mes) generando un consumo mensual de 1176 m3/mes y 14.112 m3/año.

Que a fs. 9 se informa la utilización del agua solicitada, la que consiste en lavado de gravas para la obtención de Au aluvial sin involucrar ningún tipo de químico en el proceso.

Que la misma será de carácter transitorio, luego de pasar por el proceso será canalizada a un pequeño embalse para que decante el material sedimentario en suspensión (limos y arcillas), finalmente será devuelto al curso natural del arroyo.

Que la duración aproximada del proyecto es de 5 años, encontrándose la misma en etapa de exploración.

Que a fs. 61, rola agregado el informe de Impacto Ambiental, aprobado por la Unidad de Gestión Ambiental Minera Provincial (UGAMP)

Que, a fs. 67, el Sector Áridos, Minas y Pozos declara que no existe ningún impedimento para la extracción de agua superficial solicitada.

Que, es necesario dictar el instrumento legal que acredite tal permiso.

Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº  1842-OP-96, 065-ISPT y V/19 y 066-ISPT y V/19.-

EL  DIRECTOR  PROVINCIAL  DE  RECURSOS  HÍDRICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Otorgar un permiso precario por el plazo de un año  (12) meses, a partir del 20 de enero de 2023 hasta el 20 de enero de 2024, con renovación anual;  para el consumo de agua de uso minero (etapa de exploración); con disponibilidad hídrica “3” según Resolución Nº  1433-DPRH-2022,  por un total de  1176 m3/mes   del subálveo del Rio Ajedrez –   Proyecto Minero La Auxiliadora – Dpto. Rinconada – Jujuy.

ARTICULO 2º: La firma MOM MINING S.R.L., deberá presentar ante esta autoridad los consumos mensuales (hasta los primeros cinco días hábiles de cada mes).

ARTICULO 3º: El incumplimiento de parte de la empresa MON MINING S.R.L., de cualquiera de las exigencias establecidas en la cláusula que antecede, como cualquier manejo de aguas en formas no autorizadas y de construcciones no certificadas por esta Repartición, facultara a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a la no renovación del derecho de uso de agua.

ARTÍCULO 4: La Dirección Provincial de Recursos Hídricos no será responsable por la falta o disminución del caudal de agua expresado en el permiso, por causas naturales (art.14 de la Ley 161/50 Código de Aguas)

ARTÍCULO 5°: Publicar en el Boletín oficial y en un diario local por el término de cinco días, en los términos de lo establecido en el artículo 20 del Código de Agua.

ARTICULO 6º: Regístrese.  Tomen conocimiento del SIGAC Departamentos y Divisiones de la Repartición. Por Dpto. Recaudaciones y Gestión Comercial notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese.

 

Ing. Guillermo A. Sadir

Director