BOLETÍN OFICIAL Nº 16 – 06/02/23
RESOLUCION Nº 2714-MPA/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 FEB. 2023.-
VISTO:
La necesidad de cobertura de cargos vacantes en la órbita del Ministerio Público de la Acusación; y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley 6301 los cargos de Fiscales Causas Ley 3584 fueron transformados en cargos de Fiscales (art 9, apartado c). Que, dichos cargos actualmente se encuentran vacantes de conformidad a la Resolución MPA 2698/2023, uno de ellos tiene asignada la competencia en materia de violencia de género, sede San Pedro, conforme Resolución MPA 2709 y su rectificativa MPA 2710, y el otro corresponde a Investigación Penal Preparatoria. Que, resulta necesaria la cobertura de ambos cargos a fin dar cumplimiento a los objetivos propuestos por la Ley Provincial N° 5.895, modificada por Ley 6324, siendo facultad de este Ministerio Público asignar funciones y establecer la materia de competencia de los agentes fiscales, procurando la especialización de la investigación y persecución penal (conf. Art. 17 ley antes referida y art. 101 C.P.P. Ley 6259). Consecuentemente, de conformidad con lo preceptuado por el art. 5 de la Ley Nº 5.893, modificada por Ley 5906, corresponde declarar las vacancias de los cargos referidos para su cobertura, con la debida comunicación al Superior Tribunal de Justicia, solicitando la convocatoria del Tribunal Evaluador para que confección de la terna con el orden de mérito aprobado por Resolución T.E. N° 174/2022 y T.E. N° 183/2022 para cubrir el cargo de Fiscal de I.P.P. y de Fiscal Especializado en Violencia de Género, sede San Pedro, respectivamente, de conformidad al art. 9 bis Ley 5893 que dispone: “ El Orden de Mérito resultante de un concurso tendrá una vigencia de dos (2) años a partir de la publicación del mismo en la página web del Poder Judicial de la Provincia, siempre que en dicho listado figuren al menos tres (3) postulantes. En caso que durante ese periodo se produzca una nueva Vacante para un cargo idéntico y en .la misma jurisdicción donde se haya concursado, el Superior Tribunal de Justicia podrá confeccionar la tema en base a ese Orden de Mérito.” Por ello, en uso de sus atribuciones previstas en la Ley 5895, modificada por Ley 6324, y art. 5 de la Ley 5893, modificada por Ley 5906;
EL FISCAL GENERAL DE LA ACUSACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declarar la vacancia de: un (1) cargo de Agente Fiscal de Investigación Penal Preparatoria y de un (1) cargo de Fiscal especializado en Violencia de Género.-
ARTICULO 2º.- Solicitar al Superior Tribunal de Justicia convoque al Tribunal Evaluador para que confeccione la terna para cubrir los cargos vacantes del artículo anterior con el orden de mérito aprobado por Resolución T.E. N° 174/2022 y T.E. N° 183/2022, respectivamente, de conformidad al art. 9 bis Ley 5893.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Superior Tribunal de Justicia con copia autenticada de la presente Resolución, a efectos de que convoque al Tribunal Evaluador a los fines de su cobertura.-
ARTICULO 4º.- Regístrese, notifíquese al Superior Tribunal de Justicia y al Tribunal Evaluador para sus efectos. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.-
Sergio Enrique Lello Sanchez
Fiscal General