BOLETÍN OFICIAL Nº 13 – 30/01/23

RESOLUCION Nº 004-DPRH/2023.-

EXPTE. Nº 613-440/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DE ENERO DE 2023.-

VISTO:

El Expediente Nº 0613-440-2022,  en el que la firma HANAQ ARGENTINA S.A., solicita autorización para uso de agua con Destino Minero del Rio Olaroz Grande y Rio Rosario – Mina Providencia –  Dpto. Susques – Provincia de Jujuy

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 la Apoderada de la firma HANAQ ARGENTINA S.A., solicita Permiso de uso de agua con destino Minero para Mina Providencia en etapa de explotación.

Que el agua será extraída del Rio Olaroz Grande (coordenadas Latitud: 23º17`29.55”S y Longitud: 66º47`56.53”O)  y en caso de necesidad se extraerá también del Rio Rosario coordenadas Latitud: 23º10`20.26”S y Longitud: 66º37`16.46”O), ubicados en Dpto. Susques.

Que el informe de Impacto Ambiental se encuentra evaluado por la Unidad de Gestión Ambiental Minera Provincial (UGAMP)

Que a fs. 24 y 25 se confecciona la primera Resolución Nº 740 de fecha 18 de julio de 2022 que otorga un permiso precario por el plazo de 6 meses en su Artículo Nº1.

Que a fs. 29 queda firme la resolución Nº 740-DPRH-2022 a través de la Publicación al Boletín Oficial Nº81.

Que a fs. 35, 36 y 37 la Empresa HANAQ ARGENTINA S.A. cumple con lo solicitado en articulo Nº 3 de la Resolución Nº 740/2022

Que a fs. 38 la Apoderada de la firma HANAQ ARGENTINA S.A. solicita renovación para uso de agua con destino Minero del Rio Olaroz Grande – Mina Providencia para el año 2023.

Que a fs. 40 el Sector Áridos, Minas y Pozos declara que no existe ningún impedimento para la extracción de agua superficial solicitada.

Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº  1842-OP-96, 062-ISPT y V/19 y 066-ISPT y V/19.-

EL  DIRECTOR  PROVINCIAL  DE  RECURSOS  HÍDRICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar un permiso precario por el plazo de un año  (12) meses, a partir del 02 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023, con renovación anual;  para el consumo de agua de uso minero (etapa de explotación); con disponibilidad hídrica “3” según Resolución Nº  1433-DPRH-2022,  por un total de 14 m3/h (336 días = 9408 m3/m) de agua superficial del Rio Olaroz Grande en una primera instancia y en caso de ser necesario se extraerá agua del Rio Rosario –  Mina  Providencia –  Distrito Olaroz – Dpto. Susques.-

ARTÍCULO 2º.- En caso de hacer uso de agua del Rio Rosario, deberá  informar en forma inmediata tal situación para conocimiento y demás trámites, mencionando inicio y/o finalización de la misma.-

ARTICULO 3º.- La firma HANAQ SA, deberá presentar ante esta autoridad en forma mensual (hasta los primeros cinco días hábiles de cada mes el consumo) y en caso de que existiera dos puntos de tomas en forma simultanea; expresar los volúmenes de manera discriminada.-

ARTICULO 4º.- El incumplimiento de parte de la empresa HANAQ SA, de cualquiera de las exigencias establecidas en la cláusula que antecede, como cualquier manejo de aguas en formas no autorizadas y de construcciones no certificadas por esta Repartición, facultara a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a la no renovación del derecho de uso de agua.-

ARTÍCULO 5º.- La Dirección Provincial de Recursos Hídricos no será responsable por la falta o disminución del caudal de agua expresado en el permiso, por causas naturales (art.14 de la Ley 161/50 Código de Aguas).-

ARTÍCULO 6º.- Publicar en el Boletín oficial y en un diario local por el término de cinco días, en los términos de lo establecido en el artículo 20 del Código de Agua.-

ARTICULO 7º.- Regístrese.  Tomen conocimiento del SIGAC Departamentos y Divisiones de la Repartición. Por Dpto. Recaudaciones y Gestión Comercial notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese.-

 

Ing. Guillermo A. Sadir

Director

25/27/30 ENE.-