BOLETÍN OFICIAL Nº 10 – 23/01/23
RESOLUCION GENERAL Nº 1639-DPR/2023 .-
San Salvador de Jujuy, 20 de Enero de 2023.-
VISTO:
La Resolución General Nº 1613/2022, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución General antes mencionada se estableció un Régimen de anticipo o pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para aquellos contribuyentes que organicen espectáculos públicos, tales como festivales, recitales, reuniones bailables, boliches bailables, café concert, night clubes y establecimientos análogos (cualquiera sea la denominación utilizada) y espectáculos teatrales, musicales y deportivos, el que deberá efectivizarse en 24 horas antes de la fecha de realización de cada espectáculo.
Que, teniendo en cuenta la realidad económica, resulta necesario y oportuno adecuar los valores mínimos actuales que en concepto de anticipo ingresan los contribuyentes que organizan espectáculos públicos.
Que, en uso de las facultades previstas por el Artículo 10º del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/2013 t.o. y modificatorias;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE
ARTICULO 1º.- SUSTITUIR el ANEXO III de la Resolución General Nº 1613/2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ANEXO III
Se establecen los días y valores mínimos de referencia para todas aquellas actividades comprendidas en el artículo 3º de la presente resolución, según lo siguiente.
Para eventos realizados:
-Viernes, sábados, domingos y vísperas de feriados $1.000,00
-De lunes a jueves y días normales. $700,00
ARTICULO 2º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Secretaría de Ingresos Públicos, Policía de la Provincia, Subdirección, Departamentos, Delegaciones, Receptorías Fiscales, Divisiones y Secciones. Cumplido archívese.
Analía Correa
Directora