BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 06/01/23

RESOLUCIÓN Nº 432-SByDS/2022.-

EXPEDIENTE N° 1102-760-S-2022.- 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 NOV. 2022.-

VISTO:

El Expte. N° 1102-760-2022 Iniciado por: SECRETARIA DE BIODIVERSIDAD Y DESARROLLO SUSTENTABLE, Asunto: LLAMADO A AUDIENCIA PUBLICA en Expte. N° 646-595-V-2009. Iniciado por: VALERO ZAZARINI GABRIEL. Asunto: S/Autorización para realizar un desmonte de 80 has., en la Finca de su Propiedad Denominada San Marino Durante los años 2009, 2010, 2011 ubicada en el Distrito Arroyo del Medio Dpto. San Pedro.

Las actuaciones del Expte. N° 646-595-V-2009. Iniciado por: VALERO ZAZARINI GABRIEL. Asunto: S/Autorización para realizar un desmonte de 80 has., en la Finca de su Propiedad Denominada San Marino Durante los años 2009, 2010, 2011 ubicada en el Distrito Arroyo del Medio Dpto. San Pedro.

La Ley Nº 5063 “General del Medio Ambiente”, el Decreto Reglamentario Nº 5980/06 “Evaluación de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la protección de la Atmósfera, de las Aguas y del Suelo”, su modificatorio Decreto Nº 9067/07, la Ley Provincial Nº 5317/2002 de Audiencias Públicas y su modificatoria Ley Provincial N° 6060/2018, el Decreto Provincial Nº 6639-PMA/2006, Decreto Acuerdo Nº 1599-G/2020, la Resolución Nº 000028-G/2020, la Ley Procesal Administrativa de la Provincia de Jujuy N° 1886, la Ley N° 5875 Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto N° 1-G/19, y;

CONSIDERANDO

Que, por Resolución Nº 417/2022- SByDS, de fecha 14 de noviembre de 2022 se decidió “ARTICULO Nº 1°: CONVOCAR a AUDIENCIA PÚBLICA a desarrollarse bajo la   modalidad MIXTA de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 5317 de “Audiencias Públicas” (modificado por el artículo 1° del Decreto Acuerdo Nº 1599-G/2020) para el día 01 de diciembre de 2022 a las 09:00 horas, con el fin de dar tratamiento al proyecto “Plan de Cambio de Uso de Suelo, con fines agropecuario, en Finca San Marino”, ubicado en, Dsto. Arroyo del Medio Dpto. San Pedro, Provincia de Jujuy, de propiedad del Sr. Valero Zazarini Gabriel, el cual se encuentra sometido al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental por esta Autoridad de Aplicación Provincial. ARTÍCULO Nº 2°: La Audiencia Pública convocada en el artículo 1° se realizará: 1) virtualmente, a través de una plataforma telemática a definir con la debida antelación (Zoom, Meet, o similar); y 2) presencialmente, en el Salón Municipal de la Localidad de Santa Clara, Calle Salta S/N, del centro de la Localidad de Santa Clara.

Los primeros veinte (20) inscriptos participaran de forma presencial, respetando las correspondientes Medidas de Bioseguridad y Protocolos por COVID-19; al resto de los inscriptos, se le comunicara veinticuatro (24) horas previas la Plataforma a utilizarse. Ambas modalidades quedan reservadas para los expositores debidamente inscriptos, instaurándose para aquellos interesados no inscriptos, oyentes y público en general una plataforma de transmisión online, mediante Facebook Live, cuyo enlace será de libre acceso y publicado en la página oficial del Ministerio de Ambiente dentro de las VEINTICUATRO (24) horas previas a la celebración de la audiencia.

Se hace saber que el procedimiento se regirá por las disposiciones de la Ley Provincial Nº 5317/2002 de Audiencias Públicas, y modificatoria Ley Provincial N° 6060/2018; el Decreto Nº 1599-G-2020, y la Resolución 0028-G/2020 dictada por el Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia… ARTÍCULO Nº 3°: …; ARTÍCULO Nº 4°:…; ARTÍCULO Nº 5°: …; ARTÍCULO Nº 6°: …; ARTÍCULO Nº 7°.-…; ARTICULO Nº 8°: …; ARTICULO Nº 9°: …; ARTICULO Nº 10°: …;

Que, resulta aconsejable diferenciar los proyectos de obras o actividades de mayor o menor impacto ambiental, para someterlos, según ello, a procedimientos de mayor o menor rigurosidad; siendo necesario incluir en estos procedimientos de evaluación de impacto ambiental, la participación de la comunidad involucrada, mediante la debida publicidad y el mecanismo de las Audiencias Públicas.

Que, la Emergencia Ambiental que actualmente vive la Provincia, hacen necesario la postergación de las Audiencias Publicas, y por los lineamientos legales ambientales aplicables y con el objeto de que las autoridades pertinentes y los involucrados obtengan mayor información e intervención en el presente proyecto; resulta necesario ordenar la suspensión de la audiencia pública fijada en autos, y diferir la fijación de la fecha para realizarse la misma la cual será oportunamente notificado a los intervinientes, como a la comunidad en general

Por ello;

LA SRA. SECRETARIA DE BIODIVERSIDAD Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTICULO Nº 1°: SUSPENDASE LA AUDIENCIA PÚBLICA CONVOCADA mediante Resolución Nº 417-SByDS, de fecha 14 de noviembre de 2022; la cual debía desarrollarse bajo la modalidad MIXTA de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 5317 de “Audiencias Públicas” (modificado por el artículo 1° del Decreto Acuerdo Nº 1599-G/2020) el día 01 de diciembre de 2022 a las 09:00 horas, con el fin de dar tratamiento al proyecto “Plan de Cambio de Uso de Suelo, con fines agropecuario, en Finca San Marino”, ubicado en, Dpto. San Pedro, Provincia de Jujuy, de propiedad del Sr. Valero Zazarini,: 1) virtualmente, a través de una plataforma telemática a definir con la debida antelación (Zoom, Meet, o similar); y 2) presencialmente, en el Salón Municipal de la Localidad de Santa Clara, ubicado en calle Salta S/N de la Localidad de Santa Clara.

ARTÍCULO Nº 2°: Firmado, regístrese por Despacho de esta Secretaría. Notifíquese a la Sra. Ministra de Ambiente de la Provincia, a la Secretaria de Calidad Ambiental, a la Dirección de Educación y Comunicación Ambiental, a la Dirección de Asuntos Jurídicos, a la Dirección de Bosques y Manejo y Uso de Suelo, a la Secretaria de Pueblos Indígenas de la Provincia de Jujuy, a la Legislatura de la Provincia de Jujuy, a Escribanía de Gobierno, a la Municipalidad de Santa Clara, a Gabriel Valero Zazarini, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

 

Ing. Estefania Sánchez C.

Sec. De Biodiv y Des. Sust.-