BOLETÍN OFICIAL Nº 138 – 11/12/15
EXPTE. Nº 660-563/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2015.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se tramita la propuesta del Sr. Presidente de la J.A.F, respecto de la instauración de una Feria para productores de verduras y frutas de la Finca El Pongo, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante informe efectuado por el personal dependiente de la Administración de la Finca el Pongo se analizó la viabilidad del proyecto de instalación de una feria destinada a los productores que revistan el carácter de arrendatarios de la Finca el Pongo;
Que, al efecto y en consideración de las características particulares de accesibilidad, titularidad, ocupación inmediata y finalidad tentada, se determinó como potencial territorio para la instalación de dicha Feria, el fundo ubicado en el sector Hornillos de propiedad del Hospital Arturo Zabala, con una superficie de 6,5 has, determinados de la siguiente manera, a saber; al Norte Ruta Provincial Nº 10 al Sur Río Perico, al Este Ruta Nacional Nº 66 y al Oeste Finca El Pongo (Comodoro Hospital Arturo Zabala, cancha);
Que, el Régimen de Administración de la Finca “El Pongo”, establecido por el Decreto Acuerdo Nº 4306-H-1963, tiene como objetivo principal lograr una eficiente producción de los recursos económicos que aportan estos bienes para destinarlos al cumplimiento del legado realizado por el Dr. Plinio Zabala;
Que, en virtud de lo dispuesto en el Decreto-Acuerdo Nº 4599-P/14 (21/02/14), la Presidencia de la Junta de Administración de Fincas quedó a cargo del Ministerio de Producción, siendo una de sus funciones administrar los bienes de la Finca El pongo, conforme las facultades establecidas por el actual Código Civil;
Que, el proyecto de instauración de una Feria dentro de los límites de la Finca el Pongo generará ingresos de cuantía para ésta, lo que encuadra tanto en lo legado por su benefactor como en los lineamientos del decreto-acuerdo ut supra referido;
Que, a los fines de brindarle viabilidad a la Feria propuesta, se estima pertinente facultar a la Administradora de la Finca El Pongo, para llevar adelante un plan de obra determinando cantidad de mt2 a destinar a la instalación de la Feria, costo total, plazo de entrega y habilitación de funcionamiento, garantía y alcances de la misma, cantidad de parcelas y/o locales para el expendio de productos sin manufactura de arrendatarios dentro de la órbita de Finca El Pongo;
Que, por su parte, al estar dentro de la orbita del legado de Finca el Pongo, el Presidente de la Junta será el responsable de llevar adelante la gestión, control, cobro, registro de arrendatarios y, en general, de todo tipo de eventualidades que el centro comercial genere; debiendo dictar a tales fines un Reglamento Interno donde serán fijadas las pautas normativas y los requisitos para el ingreso en el ámbito de la Feria;
Que, los adjudicatarios de locales o parcelas deberán ser arrendatarios de la Finca El Pongo, no tener deudas con la Finca o bien, arribar a un acuerdo de pago, previo a su instalación;
Que, para dar participación a los productores, se deberá conformar un Órgano Consultivo, de carácter vinculante, a ser, integrado en principio, por arrendatarios de la Finca El Pongo, y dar a participación a las Cooperativas de Productores de la zona de Finca El Pongo;
Que, la organización y funcionamiento de dicho Órgano será establecido en el Reglamento Interno a dictarse;
Por ello, en uso de sus facultades;
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ADMINISTRACION DE FINCAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-APROBAR la creación de la Feria para productores de verduras y frutas de la Finca El Pongo y productores y productores de Agricultora Familiar, que funcionará en el fundo ubicado en el sector Hornillos de propiedad del Hospital Arturo Zabala, con una superficie de 6,5 Has. Determinados de la siguiente manera, a saber: al Norte Ruta Provincial Nº 10, al Sur Río Perico, al Este Ruta Nacional Nº 66 y al Oeste Finca el Pongo (Comodato Hospital Arturo Zabala, cancha), por las razones expresadas en el exordio.
ARTICULO 2º.-ESTABLECER que el Presidente de la Junta de Administración de la Finca El Pongo revestirá el carácter de titular y responsable de llevar adelante las acciones necesarias para el funcionamiento del establecimiento productivo con todas las facultades establecidas en el Código Civil al efecto en Titulo IX, Sección Tercera, Arts. 1869 a1985 y cctes. A Tales fines, se lo faculta para el dictado de un Reglamento Interno de Funcionamiento de la Feria creada por el anterior.
ARTICULO 3º.-FACULTAR a la Administradora de la Finca el Pongo a realizar las gestiones necesarias para efectuar un plan de obra determinando cantidad de mt2 a destinar a la instalación de la Feria, costo total, plazo de entrega y habilitación de funcionamiento, garantía y alcances de la misma, cantidad de parcelas y/o locales para el expendio de productos de arrendatarios dentro de la orbita de Finca El Pongo.
ARTICULO 4º.-CREAR un Órgano Consultivo, que será integrado en principio, por arrendatarios de la Finca El Pongo, y con participación de las Cooperativas de Productores de la Zona de Finca El Pongo, cuyos requisitos de integración, organización y facultades, serán determinadas por el Reglamento Interno a dictarse por parte de la Administración de Finca El Pongo.
ARTICULO 5º.-FACULTAR al Presidente de la Junta de Administración de la Finca el Pongo, a ampliar el universo de adjudicatarios de locales o parcelas en la Feria creada por el presente Instrumento, teniendo en cuenta razones de oportunidad a conveniencia.
ARTICULO 6º.-Regístrese, Publíquese. Remítase al Boletín Oficial, para su publicación de forma integra. Remítase copias certificadas a los integrantes de la junta de Administración de la Finca El Pongo. Cumplido, Archívese.-
Gabriel Romarovsky
Ministro de Producción