BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 28/12/22

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6344

“DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETA A EXPROPIACIÓN 5 HECTÁREAS EN LA CIUDAD DE PAMPA BLANCA”

ARTÍCULO 1º.- Declárese de utilidad pública y sujeta a expropiación, cinco hectáreas ubicadas en la ciudad de Pampa Blanca, Departamento de El Carmen, Provincia de Jujuy, individualizado catastralmente como: Padrón B-23282, Circunscripción 4, Sección 2, Parcela 466, a los fines de concretar el emplazamiento para proyectos inmobiliarios.-

ARTÍCULO 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial realizará los trámites tendientes a la expropiación de la fracción del inmueble referido en el artículo precedente de propiedad privada, pudiendo actuar el procedimiento de expropiación de urgencia y compensar el depósito respectivo con los créditos que correspondan al Estado Provincial por tributos adeudados a razón del inmueble de que se trata.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que el valor del inmueble a expropiarse será establecido de conformidad a la valuación definitiva que efectuará el Tribunal de Tasaciones de la Provincia.-

ARTÍCULO 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, se atenderán con fondos existentes en el presupuesto vigente.-

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Diciembre de 2022.-

 

Cont. Pub. José M. Montiel

Secretario Administrativo

a/c Secretaria Parlamentaria

Legislatura de Jujuy

 

Dip. Adolfo Fabián Tejerina

Vicepresidente 1°

a/c Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-502/2022.-

CORRESP. A LEY Nº 6344.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC.  2022.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR