BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 28/12/22

RESOLUCION Nº 3340-E/2022.-

EXPTE. Nº ÑB-1058-452-22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DIC. 2022.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese que podrán ofrecer Formación Continua y otras Instancias de Formación Docente para la Calificación en las respectivas Salas de la Junta Provincial de Calificación Docente, las Personas Jurídicas Públicas, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente, en conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que las Personas Jurídicas Públicas, en adelante Organismos Oficiales, a través de petición fundada por el ministerio o autoridad superior jerárquico ingresarán las propuestas de capacitación en la Secretaría de Innovación y Calidad Educativa de acuerdo a las disposiciones del Reglamento Provincial de Formación Continua y otras Instancias de Formación vigente para la presentación de propuestas de capacitación.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que los Organismos Oficiales deberán designar un Coordinador/a Docente, que será la persona autorizada para realizar gestiones en la Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, notificarse sobre las observaciones formuladas por el organismo. Además, tendrá bajo su responsabilidad la actualización del Sistema de Relevamiento de Capacitandos de Formación Continua y Otras Instancias de Formación, que servirá de insumo para el trámite de otorgamiento de puntaje docente y correspondiente certificación.-

ARTÍCULO 4°.- Establécese que los Organismos Oficiales deberán designar mediante acta, con las rúbricas correspondientes, al Coordinador/a previa a la presentación de Proyectos en la Secretaría de Innovación y Calidad Educativa, debiendo actualizarse anualmente. En caso de modificaciones deberá informarse a la Secretaría, para dar continuidad a todo trámite.-

ARTÍCULO 5º.- Determinase que quedan exceptuados de las disposiciones del Artículo 2º las Dependencias del Ministerio de Educación de la Provincia.-

ARTÍCULO 6°.- Procédase a notificar por Jefatura de Despacho, el contenido de la presente resolución a la Secretaría de Innovación y Calidad Educativa.-

ARTÍCULO 7°.- Regístrese y previa toma de conocimiento, publíquese sintéticamente, dese al registro y Boletín Oficial y pase Secretaría de Gestión Educativa, Dirección de Educación Inicial, Dirección de Educación Primaria, Dirección de Educación Secundaria, Dirección de Educación Superior, Dirección de Educación Técnico Profesional, Sub Secretaría Coordinación Educativa, Secretaría de Equidad Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Inicial – Sala Primaria Sala Secundaria – Sala Superior. Cumplido vuelva al Ministerio de Educación para su archivo.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación