BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 07/12/22
RESOLUCION N° 017-CD/22- COPPROBI JUJUY.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 SEPT. 2022.-
VISTO:
La resolución Nº 016-CD/2022 del COPPROBI JUJUY, del 12 de septiembre de 2022. Por un error involuntario se omitió en dicha resolución el beneficio dispuesto en asamblea, por lo tanto, se dispone, que;
CONSIDERANDO:
Que, la asamblea general extraordinaria realizada el 10 de septiembre de 2022 resolvió, otorgar el beneficio de la cuota de mantenimiento mensual de matrícula profesional, a los colegiados que se desempeñan como personal remplazante y/o desempleado.
Que, es imprescindible elaborar un reglamento que establezca los requisitos, normas y procedimientos a seguir por el colegiado cuando solicite dicho beneficio.
Por ello:
EL CONSEJO DIRECTIVO del COLEGIO DE PROFESIONALES Y TECNICOS SUPERIORES EN PRODUCCION DE BIO IMÁGENES
RESUELVE:
Artículo 1: APROBACIÓN del beneficio de la cuota de mantenimiento mensual de la matrícula profesional, a los colegiados que se desempeñan como personal remplazante y/o desempleado y colegiados monotributista cuyo régimen impositivo no supere el monto de un salario mínimo vital y móvil fijado por el Consejo Nacional de Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Artículo 2: El Consejo Directivo DEBERÁ verificar que la documentación presentada cumpla con los requisitos en cada caso, debiendo luego elevar la aprobación o rechazo, notificando fehacientemente al interesado.
Artículo 3: La VIGENCIA del beneficio será de 6 meses a partir de la presentación de la documentación.
Artículo 4: El colegiado DEBERÁ informar sobre cualquier modificación de su situación profesional (plazo de tres a seis meses).
Artículo 5: El colegiado que se desempeña como monotributista DEBERÁ presentar mensualmente, fotocopia de facturas emitidas.
Artículo 6: El INCUMPLIMIENTO del pago de la cuota de mantención de la matricula profesional bajo este beneficio; fuera de termino, conlleva su perdida y se imputara como el precio oficial sin beneficio.
Artículo 7: INFORMA, que la baja no es automática, si no debe solicitar por nota al Consejo Directivo.
Artículo 8: Aprobar ANEXO I: “Reglamentos de requisitos, normas y procedimientos para solicitar beneficio de la cuota de mantenimiento mensual de la matrícula profesional; con la firma de la presente queda notificado.
Artículo 9: PUBLÍQUESE en boletín oficial, REGÍSTRESE en el libro de resoluciones. Cumplido, ARCHÍVESE. –
Lic. Anibal Gustavo Estrada
Presidente
ANEXO I
REGLAMENTO DE REQUISITOS, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR EL BENEFICIO SEGÚN RESOLUCION N.º 016/22 PUBLICADO EN B.O. N.º 112 – 5/09/22.
TRAMITE DE SOLICITUD DE BENEFICIO:
En cumplimiento en lo enunciado por resolución N.º 016-CD/22 COPPROBI JUJUY, se deberá proceder del siguiente modo:
- Presentar modelo de declaración jurada aceptando el beneficio al descuento en pago de la cuota de mantención de la matricula profesional por duplicado adjuntado la documentación correspondiente, haciendo constar fecha y hora de recepción de documentación. Una copia será devuelta al interesado y el original se girará al consejo directivo.
- Presentar documentación solicitada de acuerdo a:
- No ejercicio de la profesión: certificación de negatividad de ANSES.
- Ejercicio temporario de la profesión: certificado de remplazante expedido por autoridad correspondiente.
- Ejercicio de la profesión como monotributista: fotocopia de facturas emitidas mensualmente.
- Encontrarse al día (Libre Deuda) con el pago de la cuota mensual de mantenimiento de la Matricula Profesional al momento de solicitar el beneficio.
RENOVACION DE BENEFICIO:
- Presentar declaración jurada aceptando el beneficio al descuento en pago de la cuota de mantención de la matricula profesional por duplicado adjuntado la documentación correspondiente, haciendo constar fecha y hora de recepción de documentación.
- Presentar documentación que acredite su situación profesional.
- Encontrarse al día (Libre Deuda) con el pago de la cuota mensual de mantenimiento de la Matricula Profesional al momento de solicitar el beneficio.
MODIFICACIÓN DE SITUACIÓN PROFESIONAL Y/O BAJA DE BENEFICIO:
El colegiado deberá presentar nota dirigida al Consejo Directivo informando su situación profesional actual.
San Salvador de Jujuy, 27 de septiembre de 2022.-
Lic. Aníbal Gustavo Estrada
Presidente
07 DIC. LIQ. Nº 30815 $450,00.-