BOLETÍN OFICIAL Nº 134 – 30/11/22

RESOLUCION Nº 3085-E/2022.-

EXPTE. Nº 1062-299-22.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 NOV. 2022.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase, en el Llamado a Contratación Directa N° 01/2022 -SIE- PROMACE-CAF:

  • RENGLON N° 1: Colegio Secundario Rural N° 9 de la Localidad de Ciénaga de Paicone, Departamento Santa Catalina, al oferente Empresa JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A., en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TREINTA CON 65/100 ($181.347.030,65).-
  • Renglón Nº 2: Colegio Secundario Rural N° 2 de la Localidad de Cianzo, Departamento de Humahuaca, y Colegio Secundario N° 44 de la Localidad Varas, Departamento de Humahuaca, al oferente Empresa URBANIA S.R.L., en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 99/100 ($223.299.988,99).
  • Renglón Nº 3: Colegio Secundario de Artes N° 49 de la Localidad de Tilcara, Departamento Tilcara, al oferente Empresa EL TRÉBOL S.R.L., por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CATORCE CON 49/100 ($ 239.976.814,49).

 

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que los fondos necesarios para afrontar la erogación que implica la adjudicación citada en el Artículo 1°, se atenderán con la Partida Presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Presente Ejercicio Financiero:

 

Jurisdicción                 F               MINISTERIO DE EDUCACIÓN

U.de O.                       F 10          Secretaria de Infraestructura Educativa – PROMACE

U.de O.                       10 A          Dirección de Proyectos PROMACE

Finalidad                    5                Cultura y Educación

Función                       5                Cultura y Educación sin discriminar

Partida      8-8-213-1-2-5             Obras Varias – PROMACE – CAF

Partida      8-1-1-639-2-5             Obras Varias – Ap. Provincia – PROMACE – CAF

 

ARTÍCULO 3º.- Con intervención de la Secretaría de Infraestructura Educativa – PROMACE notifíquese a los oferentes, vía correo electrónico la parte dispositiva de la presente sin perjuicio de la comunicación en soporte papel.-

ARTÍCULO 4º.- Remítase a la Secretaria de Infraestructura Educativa – PROMACE a fin de la intervención pertinente de la Corporación Andina de Fomento en forma previa a la firma del contrato de obra con los adjudicatarios.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas de la Provincia. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-

 

Lic. María Teresa Bovi

Ministra de Educación