BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 28/10/22

RESOLUCION Nº 118-DPM/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 OCT. 2022.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

Lo establecido en Art. 21 y Art.26 de Ley Procesal Administrativa N° 1886,

A fin de evitar nulidades procesales respecto a Notificaciones, intimaciones, Resoluciones y todo acto administrativo que emane de esta Dirección provincial de Minería,

Y en miras de garantizar debido cumplimiento de principios procesales administrativos contenidos en Ley mencionada ut supra y Decreto reglamentario 5772/2010.-

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE MINERIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Requiérase, declaren y constituyan domicilio legal y técnico unificado a fin de notificar todo Acto Administrativo emanado de esta Dirección Provincial de Minería.-

ARTICULO 2°.- Hágase saber que lo dispuesto, en esta resolución alcanza a Titulares Mineros con IIA aprobados, vigentes, en evaluación y a todo Productor Minero ‘que se encuentre inscripto en Registro de Productores Mineros.-

ARTICULO 3°.- Regístrese, notifíquese a la Secretaria de Minería e Hidrocarburos y Juzgado Administrativo de Minas. Comuníquese al Ministro de Desarrollo Económico y Producción. Publíquese en Boletín Oficial. Cumplido. Archívese.-

 

Ing. José G. Gómez

Director Provincial de Minería

Sec. De Minería e Hidrocarburos