BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 03/10/22

RESOLUCION Nº 477-DEyP/2022.-

EXPTE. Nº 660-481/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 SEP. 2022.-

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1.- Dispóngase que el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción ejecute todos los actos administrativos necesarios para el otorgamiento de los créditos correspondientes a la LINEA DE CREDITOS EMPODERADAS, dejándose sin efecto toda resolución que disponga lo contrario.-

ARTICULO 2º.- Designase a la Coordinación Técnica Administrativa encargada de indicar las partidas a las cuales se deberá transferir el recupero de las cuotas de los créditos, debiendo suscribir el Acuerdo de Préstamo, y recepcionar la documentación de manera presencial para la preaprobación del proyecto.-

ARTICULO 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Remítase copia de conocimiento al Tribunal de Cuentas. Cumplido, vuelva a la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, ARCHIVESE.-

 

Dr. Exequiel Lello Ivacevich

Ministro de Desarrollo Económico y Producción