BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 03/10/22

RESOLUCION Nº 307-SUSEPU/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 SEP. 2022.-

Cde. Expte. Nº 0630-393/2022.-

VISTO:

Expediente del rubro caratulado: “CDE. NOTA GE Nº 23/2022 EJSED S.A. E/ CUADRO TARIFARIO A USUARIO FINAL Y COSTOS DE INSTALACION DEL MED SIN REDES PARA SEMESTRE COMPRENDIDO ENTRE EL 1° DE MAYO AL 31 DE OCTUBRE DE 2022.”, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente mencionado en el visto, EJSED S.A. mediante Nota GE Nº 23/2022 y 40/2022, realizó la presentación solicitando la Redeterminación de los Cargos Tarifarios y de los costos de instalación del Mercado Eléctrico Disperso (MED).

Que, el Artículo 2° de la Resolución N° 132-SUSEPU-2021 aprueba para el quinquenio 2021–2026 el ANEXO I y SUBANEXOS que conforman el Contrato de Concesión de EJSED S.A., determinándose el procedimiento de cálculo de las tarifas plenas y tarifas a usuario final.

Que, el Artículo 3° de la citada Resolución, aprueba el Cuadro de Tarifas Plenas y el Cuadro de Tarifas a Usuario Final a aplicarse con la facturación del 1° de mayo de 2021 y se emplea como base para el presente cálculo de ajuste.

Que, el inciso 3.1.1 “Factor de Ajuste semestral” – punto 3 “MONITOREO Y REDERMINACION DE LOS CARGOS TARIFARIOS” – ANEXO I – SUBANEXO 3 “PROCEDIMIENTO DE CALCULO DE LAS TARIFAS PLENAS Y TARIFAS A USUARIO FINAL”, establece el procedimiento de redeterminación a través de la polinómica de ajuste allí descripta.

Que, transcurridos los seis meses de la última revisión realizada para el semestre noviembre/2021–abril/2022, aprobada por Resolución N° 024-SUSEPU-2022, corresponde el análisis del Proceso de Evaluación de los parámetros de fijación del Cuadro Tarifario de EJSED S.A.-

Que, para el cálculo de los indicadores se utilizan los índices que publica el INDEC, en este caso son:

ISSP: Índice de Salarios del Sector Privado Registrado del INDEC.

IPC: Índice del Nivel General de Precios al Consumidor publicado por el INDEC

IPIM: Índice del Nivel General de Precios Industriales Mayoristas publicados por el INDEC.

IMyAE: Índice de Máquinas y Aparatos Eléctricos (Rubro 31 del IPIM) publicado por el INDEC.

Que, aplicando el procedimiento de redeterminación se verifica que el Factor de Ajuste semestral “FA” alcanza el valor FA= 1,22298, resultando mayor al +5% fijado como límite superior de la Banda de Tolerancia Establecida, por lo que corresponde efectuar la actualización de los cargos tarifarios del MED SIN REDES.

Que, el Dpto. Control de Tarifas ha analizado la presentación efectuada por EJSED S.A., y ha emitido el informe correspondiente.

Que, la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos comparte el informe realizado por el Dpto. Control de Tarifas.

Que, es facultad de la SUSEPU de acuerdo a lo que establece el punto 9 – Artículo 5º de la Ley Nº 4937/1996, aprobar los Cuadros Tarifarios de los Servicios Concesionados.

Por todo ello; y en ejercicio de las funciones que le son propias

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Aprobar el Cuadro Tarifario para el Mercado Eléctrico Disperso de la Empresa EJSED S.A. que tendrá aplicación en el periodo comprendido entre el 1° de mayo y el 31 de octubre del 2022, y cuyos valores se encuentran en el ANEXO I de la presente.-

ARTICULO 2°: Publicar en el Boletín Oficial. Notificar a EJSED S.A. Remitir copia al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda. Pasar a conocimiento de la Gerencia de Servicios Energéticos, Gerencia del Usuario y Gerencia de Asuntos Legales. Cumplido, archivar.

 

ANEXO I

CUADRO TARIFARIO DE LA EMPRESA EJSED S.A. PARA EL PERÍODO 1° DE MAYO A 31 DE OCTUBRE 2022.

TARIFAS PLENAS Y TARIFAS A USUARIO FINAL

 

Servicio Potencia Instalada por servicio ENPAD/ usuario Cargo Fijo C.Variable Tarifa Plena Subsidio por usuario MED Cargo Tarifario Usuario MED
  Wp kWh/mes $/mes $/kWh $/mes $/mes $/mes
TDI-007 100 7,5 2.438,4869 40,6919 2.743,6762 2.438,4869 305,1893
TDI-011 150 11,25 2.438,4869 40,6919 2.896,2708 2.438,4869 457,7839
TDI-015 200 15 2.438,4869 40,6919 3.048,8655 2.438,4869 610,3786
TDI-022_220 300 22,5 2.438,4869 40,6919 3.354,0548 2.438,4869 915,5679
TDI-025_220 330 24,75 2.438,4869 40,6919 3.445,6115 2.438,4869 1.007,1246
TDI-030_220 400 30 2.438,4869 40,6919 3.659,2440 2.438,4869 1.220,7571
TDI-045_220 600 45 2.438,4869 40,6919 4.269,6226 2.438,4869 1.831,1357
TDI-090_220 1200 90 2.438,4869 40,6919 6.100,7583 2.438,4869 3.662,2714
TDI-180_220 2400 180 2.438,4869 40,6919 9.763,0296 2.438,4869 7.324,5427
TDI-225_220 3000 225 2.438,4869 40,6919 11.594,1653 2.438,4869 9.155,6784
TDI-260_220 3500 262,5 2.438,4869 40,6919 13.120,1117 2.438,4869 10.681,6248

 

COSTOS DE INSTALACION Y TRASLADO

Categoría ENPAD CIT [$]
TDI-007 7,50 550
TDI-011 11,25 550
TDI-015 15,00 550
TDI-022_220 22,50 53.933
TDI-025_220 24,75 53.933
TDI-030_220 30,00 53.933
TDI-045_220 45,00  
TDI-090_220 90,00  
TDI-180_220 180,00  
TDI-225_220 225,00  
TDI-260_220 262,50  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ing. Carlos Alberto Oehler

Presidente

03 OCT. LIQ. Nº 30045 $450,00.-