BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 04/07/22

RESOLUCION Nº 176-SUSEPU/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUN. 2022.-

Cde. Expte. Nº 0630-340/2022.-

VISTO:

Expediente del rubro caratulado “CDE. NOTA Nº 342/2022 APJ S.E. SOLICITA MODIFICACION TARIFARIA POR VARIACIONES DE COSTOS Y REVISION ORDINARIA – VIGENCIA 2º TRIMESTRE 2022.”; y

CONSIDERANDO:

Que, en fecha 05 de mayo de 2022, APJ SE pone a consideración de este Organismo el cálculo de la Modificación Tarifaria por Variaciones de Costos, según establece el ANEXO IV del Marco Regulatorio aprobado por Decreto N° 1166-ISPTyV/2016, solicitando la Revisión Técnica según determina el Artículo 16 del mismo.

Que, luego de analizar la presentación antes citada, el Dpto. Agua expresa que verificó los índices de cada uno de los componentes de la Estructura de Costos y sus pesos relativos dentro de la Fórmula Polinómica para la redeterminación por Variaciones de Costos según Presupuesto Ejecutado 2021 de la Empresa Agua Potable de Jujuy S.E. indicando que los mismos son correctos.

Resume los pesos de cada componente de la ecuación polinómica, su variación mensual y acumulada y el porcentaje de variación resultante para en el lapso diciembre 2021 – marzo 2022, conforme se detalla a continuación:

Componente         Peso Relativo Variación Acumulada

Combustible                2.49%        18,55%

Productos Químicos       7.48%      19,94%

Energía Eléctrica              8.29%      16,96%

Personal                        45.81%      32,40%

Materiales Plásticos     16,09%       15,62%

Bienes de Capital         19.00%       13,76%

Hierro                              0.62%        9,39%

Cemento                          0.22%      14,61%

Continúa expresando que, aplicada la Ecuación Polinómica resulta correcto el valor VCO = 23,273960 %; y KVCO = 1,23273960.

Finalmente, manifiesta que no se observa en la documentación adjunta el listado de las diferentes obras y su estado de avance en las distintas localidades de la Provincia en el marco del plan de Gestión y Resultados 2018-2022.

Que, la Gerencia Técnica de Agua afirma que la modificación tarifaria por variaciones de costos propuesta por APJ SE responde a la evolución del nivel general de precios y salarios ocurrida entre diciembre de 2021 y marzo de 2021, considerando a tal efecto los índices de Precios Mayoristas y del Costo de la Construcción publicados por el INDEC y la política salarial fijada por el Poder Ejecutivo Provincial.

Asimismo, aclara que en aplicación de lo dispuesto por el artículo 16 del Decreto Nº 1166-ISPTyV/2.016, la modificación tarifaria tendrá vigencia y aplicación una vez aprobada por el Poder Ejecutivo Provincial, previa participación del Ente Regulador de Servicios Públicos Provincial.

Continúa Gerencia de Agua, aplicando el nuevo coeficiente de variación de actualización al cuadro tarifario vigente, aprobado mediante Resoluciones N° 043-SUSEPU-2022 y N° 82-ISPTyV/2022, se obtiene el Cuadro Tarifario que se encuentra agregado a fs. 25/27 de autos, conforme lo informado por el Dpto. Agua de este Organismo.

Destaca que no se observa en la documentación adjunta el listado de las diferentes obras ejecutadas en el marco del Plan de Gestión y Resultados 2018-2022, que oportunamente le fuera requerido a APJ SE mediante Resoluciones SUSEPU N° 10 y 96/2019, 39 y 131/2021.

Sugiere que, en atención al sentido eminentemente social que por ley debe tener el régimen tarifario y ante la situación económica imperante, mantener vigente la prohibición de mayorizar los coeficientes que se aplican a los usuarios que se les factura bajo el sistema de renta fija.

Finalmente, cumplida la vista técnica dispuesta por el Decreto Nº 1.166-ISPTyV/2.016, y dada la obligación de este Ente Regulador de proteger los derechos e intereses de los usuarios del servicio público de agua potable y saneamiento, Gerencia de Agua remite a la Gerencia Técnica de Defensa del Usuarios para su consideración las presentes actuaciones.

Que, la Gerencia Técnica de Defensa del Usuario destaca que la última variación de costos fue contemplada por la actualización tarifaria aprobada por Resolución 43-SUSEPU-2022 y puesta en vigencia por Resolución Nº 82-ISPTyV-2022 Ministerial por lo que las variaciones que se someten a consideración en esta oportunidad corresponden a periodos posteriores a los atendidos en aquella instancia, lo que hace procedente su análisis. Finaliza el Gerente de Defensa del Usuario considerando que, puede avanzarse con la actualización en los términos indicados, solicitando, además, que de manera expresa se aclare a APJ S.E. que se mantiene vigente la prohibición de mayorizar los coeficientes que se aplican a los usuarios que se les factura bajo el sistema de renta fija.

Por todo ello; y en ejercicios de sus funciones:

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar el Cuadro Tarifario de Agua Potable de Jujuy S.E. correspondiente al Segundo trimestre 2022, y que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.-

ARTICULO 2°.- Reiterar a Agua Potable de Jujuy S.E. que se mantiene vigente lo establecido en el Art. 2° de la Resolución Nº 169-SUSEPU-2017.-

ARTICULO 3°.- Publicar en Boletín Oficial. Remitir copia al Ministerio de Infraestructura Servicios Públicos Tierra y Vivienda. Notificar a Agua Potable de Jujuy S.E. Pasar a conocimiento de la Gerencia de Agua y del Usuario. Cumplido archivar.-

 

Ing. Carlos Alberto Oehler

Presidente

 

ANEXO I

 

Coeficiente               1,23273960

                 
CUADRO TARIFARIO AGUA POTABLE DE JUJUY 2º TRIMESTRE 2022

 

 
1- TASA POR SERVICIOS – SISTEMA MEDIDO                
A) Categoría Uso Familiar:                  
1) Cargo Fijo                      
Cargo Fijo Familiar (CF fliar) = 227.34 $/mes.

 

       
CF fliar = $ 227.34                    
Diámetro en mm Coef. De Bloque Coef. De Servicio 13 19 25 32 40 50 60  
Coef. Disponibilidad 1 1,462 1,923 2,462 3,077 3,846 4,615  
Unidad $/mes $/mes $/mes $/mes $/mes $/mes $/mes  
Agua hasta 12 m3/mes 1 1 227,34 332,37 437,18 559,72 699,53 874,36 1049,18  
Agua más de 12 m3/mes 1,25 1 284,18 415,47 546,47 699,64 874,41 1092,95 1311,48  
Agua y Cloaca hasta 12 m3/mes 1 1,75 397,85 581,65 765,06 979,50 1224,18 1530,12 1836,07  
Agua y Cloaca más de 12 m3/mes 1,25 1,75 497,31 727,07 956,33 1224,38 1530,22 1912,66 2295,09  
Cloaca hasta 12 m3/mes 1 0,75 170,51 249,28 327,88 419,79 524,65 655,77 786,89  
Cloaca más de 12 m3/mes 1,25 0,75 213,13 311,60 409,85 524,73 655,81 819,71 983,61  
                       
2) Cargo Variable                      
“p” (Uso Familiar) precio unitario del agua = 11.43 $/m3

 

             
p ($/m3) = 11.43                    
Consumo (m3/mes) Coef. De Servicio Hasta 12 Hasta 20 Hasta 30 Hasta 45 Hasta 60 Hasta 90 Hasta 150 más de 150    
Coef. De Bloque 1,0 1,2 1,4 1,7 2,0 2,5 3,5 5,0    
Unidad $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 $/m3    
Agua 1 11,43 13,71 16,00 19,43 22,85 28,57 40,00 57,14    
Agua y Cloaca 1,75 20,00 24,00 28,00 34,00 40,00 50,00 69,99 99,99    
Cloaca 0,75 8,57 10,28 12,00 14,57 17,14 21,43 30,00 42,85    
                       
B) Categoría Uso No Familiar: Corresponde al uso de Servicios Especiales, Comercial, Industrial, Riego, Construcción,  
Grifos Comunitarios y a Edificios Públicos que corresponden al estado Nacional, Provincial y Municipal

 

   
1) Cargo Fijo                      
Cargo Fijo No Familiar (CF no fliar agua) = 710.88 $/mes

 

             
  CF No Fliar = $ 710.88                  
  Diámetro en mm Coef.de Servicio 13 19 25 32 40 50 60 75 100  
  Coef. Disponib. 1,0 1,462 1,923 2,462 3,077 3,846 4,615 5,769 7,692  
  Unidad $/mes $/mes $/mes $/mes $/mes $/mes $/mes $/mes $/mes  
  Agua 1 710,88 1039,31 1367,03 1750,20 2187,39 2734,06 3280,73 4101,09 5468,12  
  Agua y Cloaca 1,75 1244,05 1818,80 2392,30 3062,84 3827,93 4784,60 5741,28 7176,91 9569,21  
  Cloaca 0,75 533,16 779,48 1025,27 1312,65 1640,54 2050,54 2460,55 3075,82 4101,09  
                         
2) Cargo Variable                      
“p” (Uso No Familiar)

precio unitario del agua en el primer bloque de consumo = 11.43 $/m3

 

         
“p” ($/m3) 11.43                    
  Coef. de Servicio Bloque de Consumo (m3/mes) Coef.

de Bloque

Edificios Públicos Entidades sin Fines de Lucro Comercial Indust Agua p/Riego Agua p/ Constr Grifo común  
Coef.de Uso 1,00 1,00 2,00 2,50 3,00 3,00 1,00  
Unidad $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 $/m3 $/m3  
Agua 1 Hasta 30 1,00 11,43 11,43 22,85 28,57 34,28 34,28 11,43  
1 Hasta 90 1,32 15,08 15,08 30,17 37,71 45,25 45,25 15,08  
1 > 90 1,80 20,57 20,57 41,14 51,42 61,71 61,71 20,57  
Agua y Cloaca 1,75 Hasta 30 1,00 20,00 20,00 40,00 50,00 59,99 59,99 20,00  
1,75 Hasta 90 1,32 26,40 26,40 52,80 65,99 79,19 79,19 26,40  
1,75 > 90 1,80 36,00 36,00 71,99 89,99 107,99 107,99 36,00  
Cloaca 0,75 Hasta 30 1,00 8,57 8,57 17,14 21,43 25,71 25,71 8,57  
0,75 Hasta 90 1,32 11,31 11,31 22,63 28,28 33,94 33,94 11,31  
0,75 > 90 1,80 15,43 15,43 30,85 38,57 46,28 46,28 15,43  
                       
C) Inmuebles No Edificados No Conectados: Comprende a terrenos baldíos.

 

         
1) Cargo Fijo: El Cargo Fijo (Cfijo Fliar) será mensual, cuyo valor para el Cuadro Tarifario Inicial será de 710.887 $/mes

 

   
2) Tasa Básica Mensual Zonificada: Se establece una Tasa Básica Mensual Zonificada (TBMZ) tanto para agua      
como para agua más cloaca.

 

                 
Cfijo No Fliar ($/mes) $ 710.88   Coeficiente de Servicio 1,75  
Rango TBMZ (Agua) RANGO tbmz (Agua y Cloaca) Coeficiente de Bloque TBMZ Coeficiente de Servicio  
Agua Agua y Cloaca Cloaca  
1 2 (2-1)  
($/mes) ($/mes) ($/mes)  
de 0,00 a 1,95 de 0,00 a 2,93 0,40 284,35 497,62 213,27  
de 1,96 a 3,90 de 2,94 a 5,85 0,50 355,44 622,02 266,58  
de 3,91 a 5,85 de 5,86 a 8,78 0,60 426,53 746,43 319,90  
de 5,86 a 7,81 de 8,79 a 11,72 0,80 568,71 995,24 426,53  
de 7,82 a 11,71 de 11,73 a 17,57 1,00 710,88 1244,05 533,16  
de 11,72 a 15,61 de 17,58 a 23,42 1,20 853,06 1492,86 639,80  
de 15.62 a 19,51 de 23,43 a 29,27 1,50 1066,33 1866,07 799,74  
de 19,52 a 23,41 de 29,28 a 35,12 2,00 1421,77 2488,09 1066,33  
de 23,42 a 31,21 de 35,13 a 46,82 2,50 1777,21 3110,12 1332,91  
> 31,21 > 46,82 4,50 3198,98 5598,21 2399,23  
                     
D) Tarifa Social:

 

                   
Cargo Total Agua = 200.69 $/mes para consumos < =12 m3

Cargo Total Agua y Cloaca = 351.21 $/mes para consumos < =12 m3

(Decreto Nº 5027-PI-2002 y modificatorias).

       

 

Ing. Carlos Alberto Oehler

Presidente

04 JUL. LIQ. Nº 28879 $450,00.-