BOLETÍN OFICIAL Nº 63 – 06/06/22

Superior Tribunal de Justicia.- (Libro de Acordadas Nº 25 Folio Nº 100 Nº 36). En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy, a los un días del mes de junio del año dos mil veintidós, los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia, Doctores, Federico Francisco Otaola, Sergio Marcelo Jenefes, Laura Nilda Lamas González, José Manuel del Campo, María Silvia Bernal y Ekel Meyer bajo la presidencia del primero de los nombrados,

Consideraron:

Que mediante Acordada Nro. 81 del doce de mayo de 2016 se aprobó el Reglamento de presentación y consulta de las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy conjuntamente con los formularios de “Declaraciones jurada patrimonial integral (Anexo público)” y su “Anexo reservado”.

Que el Art. 4º de la Acordada Nº 81/16 dispuso que: “Los sujetos obligados, deberán presentar la declaración jurada patrimonial integral dentro de los treinta días hábiles judiciales siguientes a la fecha de asunción del cargo y del cese en las funciones, y anualmente, entre el 1 de abril y el 31 de mayo. Con la presentación de la declaración jurada patrimonial integral de ingreso, el magistrado o funcionario designado estará exento de presentar su declaración correspondiente a la actualización anual de ese año”. Asimismo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en varias oportunidades decidió prorrogar el vencimiento de los plazos para el cumplimiento de esta obligación (Resoluciones AFIP Nº 4258/18; 4468/19, 4721/20, 5006/21, 5192/22 etc.).

Atento ello y siendo que magistrados y funcionarios de este Poder Judicial se encuentran sujetos a dicha normativa, resulta conveniente por cuestiones operativas acoplarse a los mismos plazos estipulados por AFIP conforme Resolución General 5192/2022.

Por ello, en uso de sus facultades reglamentarias, el Superior Tribunal de Justicia,

Resuelve:

1) Prorrogar el plazo para la presentación de la declaración jurada patrimonial integral de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial hasta el día 28 de Junio del 2022 inclusive, conforme a lo dispuesto en los considerándos.

2) Registrar, dejar copia en autos y comunicar a los titulares de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Provincia, publicar por un día en el Boletín Oficial y en la página web del Poder Judicial de Jujuy.

Firmado: Dr. Federico Francisco Otaola, Dr. Sergio Marcelo Jenefes, Dra. Laura Nilda Lamas González, Dr. José Manuel del Campo, Dra. María Silvia Bernal, Dr. Ekel Meyer.- Ante mí: Dr. Ariel Omar Cuva – Secretario de Superintendencia.-

 

06 JUN. S/C.-